DECRETO-LEY N° 393/63
BANCO PROVINCIAL DE SALTA - APRUEBA RESOLUCIÓN REFERENTE A SUELDOS Y BONIFICACIONES DE EMPLEADOS DE DICHA REPARTICIÓN.

Publicado en el Boletín N° 6942, el día 23 de Septiembre de 1963.

DECRETO LEY Nº 393.
Ministerio de Economía F. y O. Públicas
SALTA, Setiembre 18 de 1963.
Expediente Nº 3859/962.
VISTO que a fs. 18/19 de estas actuaciones, el Banco Provincial de Salta solicita la aprobación de. lo actuado con referencia al último convenio laboral suscripto por ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, beneficiario de los empleados de instituciones de crédito comprendidos dentro de la Ley Nacional 12.637, régimen al que adhiriera la Provincia por Ley N° 1199; y,
CONSIDERANDO:
Que el H. Directorio del Banco Provincial, conocedor de la situación- deficitaria provocada, según sus propias consideraciones al dictar resolución sobre el particular, por disposiciones del Banco Central de la República Argentina, que con sus intereses punitorios absorbe sus magras utilidades, provocada también por la actual situación económica financiera de la
Provincia, que sufre el impacto de las grandes sumas que adeudan. E.F.E.A., Y.P.F., Gas del Estado, Vialidad Nacional, etc., tanto a la actividad privada como oficial afecta los intereses de la Institución adopta el temperamento de aplicar con reducciones el Convenio Laboral del 31 de julio último, cuyo gasto debe ser cubierto con los fondos propios del mismo organismo bancario provincial;
Que el citado convenio, al fijar nuevas escalas en los sueldos constituye juna modificación de las partidas asignadas por el Presupuesto General de Gastos del Ejercicio Económico 19/2/1963 dentro del lapso comprendido entre el 1° de junio y el 31 de octubre del año en curso, por lo que dicha modificación debe ser autorizada mediante instrumento legal pertinente;
Por ello, y atento a lo dictaminado por el señor Fiscal de Gobierno a fs. 20;
El Interventor Federal de la Provincia de Salta
En Acuerdo General de Ministros
Decreta con Fuerza de Ley
Art. 1º — Apruébase la Resolución del H. Directorio del Banco Provincial de Salta dictado con fecha 13 de agosto pasado, que al tenor expresa:
“1 º Aplicar con las reducciones expresadas a continuación, el Convenio Laboral del 31/7/63, conforme lo posibilita la cláusula séptima de dicho convenio.
a) Aumento del 15% a los sueldos del, personal jerarquizado; entendiendo como tal, los cargos desde Gerente General hasta Jefe de Sección, incluidos los cargos de Abogados y Procuradores.
b) Aumento del 25% a los sueldos de Contador informante, auxiliares y Personal de Servicio y maestranza.
c) Los porcientos determinados anteriormente serán aplicados sobre los sueldos que rigen a la fecha, como así también sobre Bonificaciones y Suplementos que específicamente lo determine la Convención del 31/7/68
2º — Por Presidencia deberá, cursarse telegrama colacionado a Banco Central de la República Argentina, Director General de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo y seguridad Social de la Nación y a Asociación Bancaria (Sociedad de Empleados de Bancos) notificándoles la resolución, que antecede.
3º — Cursar el nuevo Convenio a la Comisión de Personal a los efectos de que proceda a la determinación de los aumentos concedidos al Personal dentro de lo dispuesto en el art. 1 º de la presente resolución, determinando el monto global de la partida.
4º — Solicitar al Gobierno de la Intervención Federal, aprobación de lo actuado y ampliación de las partidas SUELDOS, BONIFICACIONES y APORTE PATRONAL del presupuesto, vigente para el año en curso, en los montos a determinar por la Comisión de Personal.’’
Art. 2º — En virtud de la aprobación dictada por el artículo 1°, decláranse autorizadas las ampliaciones de las partidas del Presupuesto General de Gastos vigente para el Banco Provincial de Salta en los rubros y montos detallados a continuación cuya aplicación regirá, entre el 1 º de junio y el 31 de octubre del corriente año.
Sueldos ……………………………………….. $ 3.681.810.-
Bonif. y Suplem. ………………………….. $ 911.081.-
Aporte Patronal …………………………… $ 534.661.-
Total …………………………………… $ 5.077.052.- m/n

importe en que queda ampliado el correspondiente presupuesto de gastos, el que será cubierto con los fondos propios del Banco.- '
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Ing. PEDRO FELIX REMY SOLA
Ing. FLORENCIO JOSE ARNAUDO
MUSELI
Dr. MARIO JOSE BAVA
Es Copia:
Santiago Félix Alonso Herrero
Jefe de Despacho del Minist. de E. F. y O. P.



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