SALTA, 28 de Abril de 2020
RESOLUCIÓN Nº 40
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
VISTO lo dispuesto en los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260/20 y 250/20 emanados del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial respectivamente, y las Resoluciones del Comité Operativo de Emergencia Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que debido a la situación existente vinculada al COVID-19 (coronavirus), el país se encuentra en emergencia a fin de extremar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada y oportuna;
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/2020 el Sr. Gobernador de la Provincia declaró el estado de emergencia sanitaria en el territorio de la Provincia de Salta y creó el Comité Operativo de Emergencia para atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control del estado de emergencia sanitaria declarado por el citado decreto;
Que en virtud de ello, desde el Ministerio de Turismo y Deportes se trabajó en una propuesta para los alojamientos turísticos, los rent a cars, las empresas de viajes y turismo, los prestadores de turismo aventura y los emprendimientos de turismo rural comunitario que se sostiene en una plataforma virtual, por la cual la Provincia de Salta promocionará y permitirá que vendan su oferta desde hoy para que el turista pueda planificar un viaje post pandemia;
Que cabe destacar que esta acción se sustenta en una encuesta respondida por 1.000 personas en Argentina, realizada con método CAWI y con un cuestionario semi estructurado, en la cual sobresale que el 69% viajaría durante este año luego de la emergencia sanitaria y el 61% está interesado en comprar una promoción anticipada para visitar Salta;
Que en este marco, el Ministerio de Turismo y Deportes creó en consecuencia una plataforma digital “voyasalta.com.ar”, invitando a los alojamientos turísticos, los rent a cars, los prestadores de turismo de reuniones, las empresas de viajes y turismo (EVT-AT), y los prestadores de turismo aventura de la Provincia, a formar parte de un mercado digital, cuyo objetivo principal es lograr liquidez inmediata, ofreciendo y vendiendo su oferta “HOY” para que el turista pueda usarlo en el futuro, con una vigencia hasta el mes de abril del año 2021;
Que asimismo, se ha solicitado a la Secretaría de Ingresos Públicos provincial que instrumente la eximición del impuesto a los ingresos brutos de las empresas que se adhieran a este programa hasta que pierda vigencia el DNU Nº 332/20 que no contempla a la actividad turística como una de las eximidas de los alcances del mismo;
Por ello,
EL MINISTRO DE TURISMO Y DEPORTES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Programa “COMPRÁ HOY, VIAJÁ MAÑANA” al que podrán adherirse todas las empresas mencionadas en los considerandos de la presente desde día 25 de abril 2020 y hasta el día 30 de abril de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, registrar y archivar.
Peña
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