SALTA, 10 de Junio de 2022
RESOLUCIÓN Nº 402
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 - 267.748/21- 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “PAVIMENTO CON ADOQUINES SOBRE CALLES FRÍAS Y PERÓN EN ENTORNO DE PLAZA PRINCIPAL DE RIVADAVIA B. S. ETAPA 1 - RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/12, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur, eleva el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá mejorar la circulación vehicular y peatonal en calles que conforman el entorno de la plaza principal de dicha localidad;
Que la presente contratación tiene por objeto la instalación de 1.790 m2 de adoquines tipo holando cuadrado sobre las calles que forman parte del entorno de la plaza principal de dicha localidad, consistente en 200 m lineales sobre calles Frías y Perón, en esta primera etapa, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y especificaciones técnicas de fs. 03/05;
Que en virtud de ello, a fs. 14/24 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 16.085.522,40 (pesos dieciséis millones ochenta y cinco mil quinientos veintidós con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 15;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Municipalidad de Rivadavia Banda Sur;
Que a fs. 25, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 186/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 29, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 34/37, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 38/39, rola Dictamen Nº 190/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 40, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 82/22;
Que a fs. 42, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “PAVIMENTO CON ADOQUINES SOBRE CALLES FRÍAS Y PERÓN EN ENTORNO DE PLAZA PRINCIPAL DE RIVADAVIA B. S. ETAPA 1 - RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.085.522,40 (pesos dieciséis millones ochenta y cinco mil quinientos veintidós con 40/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007174101 - Proyecto: 795 - Unidad Geográfica: 133 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente