RESOLUCIÓN N° 404/23
DEJA SIN EFECTO ADJUDICACIÓN. RESOLUCIÓN S.O.P. N° 787/22. OBRA: ESTACIÓN ELEVADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES Y CAÑERÍA DE IMPULSIÓN PARA BARRIO LAS PALMAS - MUNICIPIO CERRILLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21468, el día 11 de Mayo de 2023.



SALTA, 27 de abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 404

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 77.280/22 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 787/22; y,

CONSIDERANDO:

Que a través del mencionado instrumento legal se aprueba el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 95/22 llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 616/22 para la ejecución de la obra “ESTACIÓN ELEVADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES Y CAÑERÍA DE IMPULSIÓN PARA BARRIO LAS PALMAS - MUNICIPIO CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA” y se adjudica la misma a la empresa “EMPRESA CONSTRUCTORA LICONSSERV CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS de Iglesias Lucas Pedro” (única oferente), por un monto de $ 107.243.854.57 (pesos ciento siete millones doscientos cuarenta y tres mil ochocientos cincuenta y cuatro con 57/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, contados a partir del Acta de inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado;

Que encontrándose notificada de la adjudicación, la firma “EMPRESA CONSTRUCTORA LICONSSERV CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS de Iglesias Lucas Pedro”, previo a la firma del Contrato de Obra Pública, manifiesta que, debido a las últimas adjudicaciones de obras públicas provinciales, se vieron superados en la capacidad de obra según la Unidad Central de Contrataciones no pudiendo asumir el compromiso de la ejecución de la obra de referencia (fs. 414);

Que a fs. 415, interviene la Coordinación General de la S.O.P. manifestando que la obra proyectada se encuentra destinada a resolver los graves problemas que desde el punto de vista del servicio cloacal y ambientales que presenta el Barrio Las Palmas de la localidad de Cerrillos, por lo que correspondería dejar sin efecto la adjudicación efectuada por Resolución S.O.P. Nº 787/22 y autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. a efectuar la contratación de la obra en el marco de lo dispuesto por el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072, contando con el Vº Bº del Sr. Secretario de Obras Públicas;

Que a fs. 417/418, mediante Dictamen Nº 57/23 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite;

Que a fs. 420/427, interviene la Dirección de Infraestructura Social y Productiva efectuando la actualización del presupuesto oficial de la obra, atento al tiempo transcurrido, el cual asciende a $ 205.407.240,13 (pesos doscientos cinco millones cuatrocientos siete mil doscientos cuarenta con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;

Que a fs. 428, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que la obra se encuentra comprendida en las construcciones vinculadas a obras de agua y saneamiento, quedando exceptuada del requisito de la autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas, conforme le establece el art. 5º de la Resolución Nº 35/23 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que a fs. 432, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 54/23;

Que atento a las disposiciones contenidas por los artículo 14 (último párrafo) y 41 de la Ley Nº 8.072 y artículos 5 y 7 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la adjudicación efectuada por el artículo 3º de la Resolución S.O.P. Nº 787/22 a favor de la empresa "EMPRESA CONSTRUCTORA LICONSSERV CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS de Iglesias Lucas Pedro” para la ejecución de la obra "ESTACIÓN ELEVADORA DE LÍQUIDOS CLOACALES Y CAÑERÍA DE IMPULSIÓN PARA BARRIO LAS PALMAS - MUNICIPIO CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas, a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, ultimo párrafo de la Ley Nº 8.072.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 84.012.844,00 al Curso de Acción: 092038009602 - Financiamiento: Ley Nº 27429 (295) - Proyecto: 856 - Unidad Geográfica: 35 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 4º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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