RESOLUCIÓN N° 406/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ENCAUZAMIENTO Y DEFENSAS EN RIO CHUÑAPAMPA - LOCALIDAD DE CORONEL MOLDES - DPTO. LA VIÑA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21254, el día 21 de Junio de 2022.



SALTA, 10 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 406

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34 - 237.468/21 - 2 Cpde. y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra: “ENCAUZAMIENTO Y DEFENSAS EN RIO CHUÑAPAMPA - LOCALIDAD DE CORONEL MOLDES - DPTO. LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/14, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Coronel Moldes eleva el anteproyecto revisado por la Secretaría de Recursos Hídricos y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto el encauzamiento en Rio Chuñapampa, zona denominada Los Filtros, de longitud 450 m., ancho de la batea de 30 m y profundidad 1 m; Encauzamiento en Rio Chuñapampa, zona Los Laureles camino vecinal de longitud 850 m., ancho de la batea de 30 m. y profundidad 1 m., toma el encauce desde el puente carretero RN Nº 68, hacia aguas arriba; y Encauzamiento en Rio Chuñapampa, zona ex matadero, longitud a intervenir total de 300 m., ancho 30m. y profundidad 1m., toma el encauce desde el puente carretero RN Nº 68, hacia aguas abajo, conforme a la memoria descriptiva y documentación de fs. 05/07 y 06/10;

Que, en virtud de ello, a fs. 15/30 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 8.521.370,41 (pesos ocho millones quinientos veintiún mil trescientos setenta con 41/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 19;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Coronel Moldes;

Que a fs. 34, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 39/42, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 43/45, rola Dictamen Nº 145/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 46, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 141/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 47, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 38/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “ENCAUZAMIENTO Y DEFENSAS EN RIO CHUÑAPAMPA - LOCALIDAD DE CORONEL MOLDES - DPTO. LA VIÑA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 8.521.370,41 (pesos ocho millones quinientos veintiún mil trescientos setenta con 41/100) IVA incluido, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Coronel Moldes.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Coronel Moldes, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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