RESOLUCIÓN N° 407/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN SALA VELATORIA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21051, el día 13 de Agosto de 2021.



SALTA, 06 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 407

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-103.467/2021-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE SALA VELATORIA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/09, la Municipalidad de El Tala eleva el proyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá resolver el problema de falta de lugar donde puedan reunirse las familias con sus allegados en las situaciones funerarias;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción una Sala Velatoria de una superficie total de 292 m2 cubiertos para poder brindar servicios a dos familias al mismo tiempo, comprendiendo un vestíbulo, un túmulo, accesos adaptados, acceso para vehículos y servicios propios de la actividad, conforme a las especificaciones detalladas en la Memoria Descriptiva de fs. 03/06;

Que, en virtud de ello, a fs. 19/26 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 20.171.227,11 (pesos veinte millones ciento setenta y un mil doscientos veintisiete con 11/100) IVA incluido, conforme al detalle del cómputo y presupuesto de fs. 13/14;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Tala;

Que a fs. 27 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 182/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 31 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 36/39 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 40/41 rola el Dictamen Nº 237/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de la contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 42, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 159/21;

Que a fs. 44, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras de Educación, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE SALA VELATORIA - EL TALA - DPTO. LA CANDELARIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 20.171.227,11 (pesos veinte millones ciento setenta y un mil doscientos veintisiete con 11/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de El Tala.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obras Públicas con la Municipalidad de El Tala, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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