RESOLUCIÓN N° 410/20
CREA LA JUNTA DE FISCALIZACIÓN DE CALIDAD DE LOS ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL EN EL ÁMBITO DEL COMITÉ DE CRISIS OPERATIVO COVID-19.

Publicado en el Boletín N° 20732, el día 30 de Abril de 2020.



SALTA, 29 de Abril de 2020

RESOLUCIÓN Nº 0410

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

VISTO
el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20 que declara la emergencia sanitaria en todo el territorio de la Provincia de Salta, la Resolución Ministerial Nº 206/2020 que crea el Comité de Crisis Operativo COVID-19 y el Memorándum Nº 27/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que debido a la situación existente vinculada al COVID-19 se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 250/20 declarando el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio provincial por el plazo de seis meses;

Que, como consecuencia de dicha declaración de emergencia, se creó el Comité Operativo de Emergencia (COE) integrado por representantes de todos los Ministerios y presidido por este Ministerio con el fin de atender la problemática vinculada a la prevención, asistencia y control sanitario y todas las acciones que resulten pertinentes a los fines de cumplimentar los objetivos propuestos;

Que mediante Resolución Ministerial Nº 206, y ante la necesidad de dotar a este Ministerio de todas las herramientas necesarias para establecer acciones continuas de prevención, mitigación, respuesta y rehabilitación ante la emergencia sanitaria declarada, en fecha 20/03/20 se creó el Comité de Crisis Operativo COVID-19 denominado "CCOCovid-19” integrado por esta Cartera de Estado, el Hospital Zona Sur “Papa Francisco”, el Hospital Público Materno Infantil S.E., el Hospital de Gestión Descentralizada “San Bernardo”, el Hospital Público de Autogestión "Dr. Arturo Oñativia”, el Hospital Público Señor del Milagro, el Hospital de Salud Mental “Dr. Miguel Ragone”, el Hospital Militar de Salta y los hospitales públicos del interior provincial;

Que dicha Resolución establece que los hospitales públicos se encuentran representados por cada Gerente General y por el servicio de infectología de cada hospital, y los hospitales públicos del interior provincial por la Secretaría de Servicios de Salud dependiente de este Ministerio;

Que, en virtud del actual escenario generado por el COVID-19, se dictó el Memorándum Nº 27/20 el cual se informó que el Ministerio de Salud Pública estaba proveyendo a las áreas operativas de Salud Pública los elementos de protección personal (EPP) habilitados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT);

Que resulta indispensable destacar que los elementos producidos o fabricados por el personal de salud de los referidos Hospitales y/o donados a éstos, que hayan sido confeccionados utilizando las telas y demás elementos técnica y científicamente recomendados y siguiendo los protocolos de seguridad sanitaria exigibles a tal fin, son considerados aptos para la prestación del servicio de salud en condiciones de seguridad para el personal;

Que, en este sentido, los Equipos de Protección Personal que se utilizan como elementos de protección en cada área operativa de salud para velar por la seguridad de las personas, ya que el control de calidad de los elementos provistos al personal sanitario en las instituciones públicas es una responsabilidad que le compete a esta cartera de Estado;

Que el control sanitario y el cuidado personal son prioridad del Estado Provincial, por lo que resulta imperioso velar por el cumplimiento de las condiciones laborales para brindar seguridad a los trabajadores de salud;

Que a fin de complementar las recomendaciones emitidas en el Memorándum Nº 27/2020 emitido por este Ministerio de Salud, resulta necesaria la constitución en el ámbito del Comité de Crisis Operativo COVID-19, de una Junta de Fiscalización de calidad de los Elementos de Protección Personal, que realice la constatación, evaluación, control y, en su caso, si correspondiere, autorización de la calidad de los Elementos de Protección Personal de producción propia de los hospitales, donaciones y otros, tales como máscaras faciales, barbijos, camisolines, entre otros, destinados a quienes prestan servicios en los distintos nosocomios de toda la Provincia;

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Créase la Junta de Fiscalización de calidad de los Elementos de Protección Personal en el ámbito del Comité de Crisis Operativo COVID-19 (CCOCovid-19) instituido mediante Resolución Ministerial Nº 206/20.

ARTÍCULO 2º: Dejar establecido que la Junta de Fiscalización mencionada estará integrada por representantes de este Ministerio de Salud y de todos los hospitales públicos de la ciudad de Salta en cabeza de sus Gerentes Generales, o las personas que se designen a sus efectos.

ARTÍCULO 3º: Ratificar lo dispuesto en el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 206/20 el cual establece que la totalidad de los hospitales públicos del interior provincial se encuentran representados por el señor Secretario de Servicio de Salud de este Ministerio.

ARTÍCULO 4º: La presente Junta de Fiscalización tendrá la función de evaluar, controlar, comprobar y, en su caso, si correspondiere, autorizar la calidad de los elementos de protección personal de producción propia, donaciones y otros, con el fin de asegurar la calidad de los elementos provistos al personal sanitario en las instituciones públicas.

ARTÍCULO 5º: Dispóngase que la Junta de Fiscalización deberá analizar la calidad de los elementos de protección personal fabricados en todo el ámbito provincial.

ARTÍCULO 6º: La presente resolución será refrendada por el señor Secretario de Servicios de Salud y por las señoras Secretarias de Gestión Administrativa y de Desarrollo Organizacional.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Medrano de la Serna - De los Rios - Ayón - Caro





Responsive image Responsive image