RESOLUCIÓN N° 410/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN CASA MUNICIPAL TRICHACO - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21051, el día 13 de Agosto de 2021.



SALTA, 06 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 410

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-77.878/2021-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN CASA MUNICIPAL TRICHACO - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/39, la Municipalidad de Santa Victoria Este eleva el proyecto y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual permitirá sanear las falencias que posee la Casa Municipal Trichaco y brindar una mayor capacidad operativa al mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar trabajos de refacciones y ampliaciones a fin de mejorar su funcionalidad, conforme a las especificaciones detalladas en la Memoria Descriptiva de fs. 96/98;

Que, en virtud de ello, a fs. 95/129 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 7.148.265,01 (pesos siete millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco con 01/100) IVA incluido, conforme al detalle del cómputo y presupuesto de fs. 99/101;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 78 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 138/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 90/91 rola el Dictamen Nº 167/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 92, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 63/21;

Que a fs. 94, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Que a fs. 132 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 137/140 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras de Educación, para la obra “REFACCIONES VARIAS Y AMPLIACIÓN EN CASA MUNICIPAL TRICHACO - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 7.148.265,01 (pesos siete millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos sesenta y cinco con 01/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obras Públicas con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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