RESOLUCIÓN N° 415/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: PAVIMENTO DE Hº Sº BARRIO JUAN PABLO II - DPTO. CHICOANA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21052, el día 17 de Agosto de 2021.



SALTA, 06 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 415

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-66.954/2021-0 y agregados.

VISTO
el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “PAVIMENTO DE Hº Sº BARRIO JUAN PABLO II - CHICOANA - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/17, la Municipalidad de Chicoana eleva el proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará brindar mayores condiciones de seguridad, higiene y bienestar a los vecinos de la zona intervenida;

Que la presente contratación tiene por objeto la ejecución de 3.240 m2 de pavimento rígido de hormigón en diversas calles del barrio Juan Pablo II, a fin de mejorar las condiciones de transitabilidad en calzadas que se encuentran en mal estado pero que ya cuentan con cordón cuneta y con los servicios de agua y cloaca, conforme a las especificaciones detalladas en la Memoria Técnica de fs. 02/06;

Que, en virtud de ello, a fs. 19/31 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 13.168.069,71 (pesos trece millones ciento sesenta y ocho mil sesenta y nueve con 71/100) IVA incluido, conforme al detalle del cómputo y presupuesto de fs. 21;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Chicoana;

Que a fs. 33 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 184/21, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 38 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 43/47 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 48/49 rola el Dictamen Nº 228/21 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 50, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 152/21;

Que a fs. 52, toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “PAVIMENTO DE Hº Sº BARRIO JUAN PABLO II - CHICOANA - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 13.168.069,71 (pesos trece millones ciento sesenta y ocho mil sesenta y nueve con 71/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Chicoana.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obras Públicas con la Municipalidad de Chicoana, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007152301 - Proyecto: 495 - Unidad Geográfica: 42 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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