RESOLUCIÓN N° 416/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO PARA USOS MÚLTIPLES - ESC. N° 4.354 - JORGE NEWBERY - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21470, el día 15 de Mayo de 2023.



SALTA, 09 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 416

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 57.932/23 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO PARA USOS MÚLTIPLES - ESC. Nº 4.354 - JORGE NEWBERY - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/29, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Angastaco presenta el anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra de referencia, la cual tiene por objeto dotar al establecimiento mencionado de un espacio cubierto para el desarrollo de distintas actividades pedagógicas y recreativas que será de gran utilidad para toda la comunidad educativa;

Que la presente contratación comprende las siguientes tareas: 1) Replanteo y Movimiento de Suelos, 2) Hormigones H17 para las bases de fundación, encadenados inferior, superiores y columnas del tinglado, 3) Contrapiso armado de 15 cm de espesor, 4) Tinglado compuesto de bases, columnas y encadenados inferior y superior ejecutados en Hº Aº H17, con cubierta metálica sobre estructura de sostén, 5) Instalación eléctrica a los fines de dotar de iluminación y tomas para conectar artefactos en eventos y 6) Limpieza de obra, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03/04 y de la documentación técnica de fs. 05/29;

Que en virtud de ello, a fs. 31/37, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 29.400.412,72 (pesos veintinueve millones cuatrocientos mil cuatrocientos doce con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Angastaco;

Que a fs. 38, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 109/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 41, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 46/49, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 50/51, rola Dictamen Nº 123/23 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 52, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 63/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO PARA USOS MÚLTIPLES - ESC. Nº 4.354 - JORGE NEWBERY - ANGASTACO - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 29.400.412,72 (pesos veintinueve millones cuatrocientos mil cuatrocientos doce con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Angastaco.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Angastaco, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011127901 - Proyecto: 268 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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