RESOLUCIÓN N° 424/21
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 27/21. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.402 - GENDARMERÍA NACIONAL - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21053, el día 18 de Agosto de 2021.



SALTA, 09 de Agosto de 2021

RESOLUCIÓN Nº 424

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 159-22.345/19-0 y agregados.

VISTO
el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 26/21, para la contratación de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.402 - GENDARMERÍA NACIONAL - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 159/160, mediante Resolución SOP Nº 203/21, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 11.254.942,13 (pesos once millones doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2020, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, mediante la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 162/185, mediante Resolución Nº 27/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 211 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 186 en el Boletín Oficial, a fs. 187 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, a fs. 188, rolan las invitaciones a las empresas del rubro y a fs. 190/210 las comunicaciones a los organismos intervinientes para la apertura de sobres, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 07 de junio de 2021 (fs. 214/215), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas: “SILIOTTO S.R.L.”, “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” y “MELLE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 394/397, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 27/21 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las tres empresas: “SILIOTTO S.R.L.”, “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” y “MELLE S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que todas las ofertas presentadas cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus análisis de precios razonables y sus planillas de datos garantizados completas respecto a las calidades requeridas, sus planes de trabajos y metodologías coherentes, equipamiento suficientes y respetan los valores vigentes al momento de la apertura respecto a la mano de obra, por lo cual no hacen lugar a la observación efectuada a fs. 393, por la firma “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” a la empresa “MELLE S.R.L.” respecto a que esta última no cumple con los valores vigentes cotizados en su mano de obra;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “MELLE S.R.L.”, en la suma de $ 8.603.749,23 (pesos ocho millones seiscientos tres mil setecientos cuarenta y nueve con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2021, que representa un 33,04 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancias de fs. 398/403, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que a fs. 406, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 407/408, mediante Dictamen Nº 188/21, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 409, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 34/21;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 27/21, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución SOP Nº 203/21 para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.402 - GENDARMERÍA NACIONAL - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 11.254.942,13 (pesos once millones doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos cuarenta y dos con 13/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2020, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles las ofertas de las empresas: “MELLE S.R.L.”, “ING. JULIO E. ROCHA CONSTRUCCIONES” y “SILIOTTO S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- Adjudicar en el marco del artículo 14 de la Ley Nº 8.072, a la empresa “MELLE S.R.L.”, CUIT Nº 30-71500778-5, la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.402 - GENDARMERÍA NACIONAL - EL QUEBRACHAL - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 8.603.749,23 (pesos ocho millones seiscientos tres mil setecientos cuarenta y nueve con 23/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de junio de 2021, con un plazo de ejecución de 150 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MELLE S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011014102 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 239 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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