RESOLUCIÓN N° 432/22
DECLARA FRACASADA LA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 14/21. OBRA: OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE RED DE AGUA EN ZONA DE AV. BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA - SALTA - DPTO. CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21257, el día 24 de Junio de 2022.



SALTA, 14 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 432

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 272.079/2.020 - 1 Cpde. y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 14/21, para la contratación de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE RED DE AGUA EN ZONA DE AV. BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 128/130, mediante Resolución S.O.P. Nº 564/21, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 6.944.123,41 (pesos seis millones novecientos cuarenta y cuatro mil ciento veintitrés con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 140/141, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 142, en el Boletín Oficial y a fs. 255/256 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme a Acta de Apertura de Sobres, de fecha 11 de Noviembre de 2.021 (fs. 144), presentó su única oferta la empresa “INGEVEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del régimen de contrataciones de la Provincia;

Que a fs. 246/247, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. Nº 564/21, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, pasando al análisis de los criterio de conveniencia dispuestos por los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, verifica técnicamente con lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el  cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”;

Que a fs. 250, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presente impugnaciones al mismo;

Que a fs. 252/253, mediante Dictamen Nº 420/21, rola la intervención de la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 253 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación definitiva del gasto de fs. 89;

Que a fs. 254, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 156/21;

Que sin perjuicio de lo expuesto, a fs. 257/287, la contratista eleva informe reconociendo las observaciones marcadas por el ENOHSA, entidad que financia la obra, a su Análisis de Precios, ratificando el importe final de $ 8.083.528,16 (pesos ocho millones ochenta y tres mil quinientos veintiocho con 16/10), de la planilla de Cómputos y Presupuestos y comprometiéndose a ejecutar la obra en tiempo y forma conforme a la oferta presentada. Seguidamente el oferente adjunta, como antecedente de obra, copias del Acta de Recepción Provisoria emitida por Aguas del Norte Co.S.A.ySa. (fs. 290/291);

Que a fs. 292/293, rola un segundo informe rectificatorio de la Comisión de Preadjudicación, la cual recomienda declarar fracasado el procedimiento de contratación, en virtud que la oferta presentada por la firma “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.” contiene errores de carácter numérico que corrigiéndolos alteraría el precio de la oferta original, lo que es legalmente inadmisible;

Que a fs. 294, rola la constancia de la notificación del Informe rectificatorio de Preadjudicación al oferente, sin que se presentara impugnación al mismo;

Que a fs. 297/298, mediante Dictamen Nº 180/22, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la SOP, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para declarar fracasada la adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 299, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 63/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 14/21, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 564/21 para la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO DE RED DE AGUA EN ZONA DE AV. BICENTENARIO DE LA BATALLA DE SALTA - SALTA - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 6.944.123,41 (pesos seis millones novecientos cuarenta y cuatro mil ciento veintitrés con 41/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.021, con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar fracasada la Adjudicación Simple Nº 14/21, por resultar inadmisible la oferta presentada por la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, conforme a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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