RESOLUCIÓN N° 47D/24
ACEPTA RENUNCIA. SR. CLAUDIO ROMULO MEDINA. BENEFICIO JUBILATORIO.

Publicado en el Boletín N° 21651, el día 14 de Febrero de 2024.



SALTA, 8 de Febrero de 2024

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 47 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expediente Nº 16245/23-código 171

VISTO la renuncia presentada por el señor CARLOS ROMULO MEDINA, D.N.I. Nº 12.294.259, agente de planta permanente, dependiente del Hospital “Pte. Juan Domingo Perón” de Tartagal del Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de diciembre de 2.023, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 1332, de fecha 19 de septiembre de 2.023, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno a su nombre; (fs. 05 y 09);

Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa, (fs. 07);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.171 (modificada por su similar Nº 8.274) y Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega a la Secretaría General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de diciembre de 2.023, la renuncia del señor CARLOS ROMULO MEDINA, D.N.I. Nº 12.294.259, al Cargo: Enfermero, Agrupamiento: Enfermería, Subgrupo: 3, Nº de Orden 157.3, del Decreto Nº 1.782/04, dependiente del Hospital “Pte. Juan Domingo Perón” de Tartagal del Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el señor MEDINA no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

Mangione











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