RESOLUCIÓN N° 448/20
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: TERMINACIÓN ESCUELA Nº 4.190 - PARAJE EL DESEMBOQUE - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 20890, el día 21 de Diciembre de 2020.



SALTA, 16 de Noviembre de 2020

RESOLUCIÓN Nº 448

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 187.307/19 - Cpde. 7 y agregados
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VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “TERMINACIÓN ESCUELA Nº 4.190 - PARAJE EL DESEMBOQUE - SANTA VICTORIA ESTE - DEPARTAMENTO RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. N° 663/19 (fs. 88/89) a la empresa LEGO CONSTRUCCIONES, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 5.803.734,67 (pesos cinco millones ochocientos tres mil setecientos treinta y cuatro con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019 (fs. 37/39);

Que a fs. 70, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., consideró cumplidos los requisitos previstos por el Decreto N° 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 36, rola Nota de Pedido Nº 05 mediante la cual la contratista adhirió expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente, renunció a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asumió la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación, sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 73, mediante Actuación Nº 252/2020 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 74/75 el Dictamen Nº 222/2020 y a fs. 76 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 11,48 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de marzo de 2020;

Que a fs. 77, la Dirección de Obras de Educación, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a la realización del descuento del anticipo financiero redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 6.336.645,25 (pesos seis millones trescientos treinta y seis mil seiscientos cuarenta y cinco con  25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo del 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de noviembre de 2020 por la suma de $ 5.803.734,67 (pesos cinco millones ochocientos tres mil setecientos treinta y cuatro con 67/100) y de la actualización N° 1 a valores correspondientes al mes de marzo de 2020 por la suma de $ 532.910,58 (pesos quinientos treinta y dos mil novecientos diez con 58/100);

Que a fs. 79, rola intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 80/84, la Oficina General de Presupuesto y Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 85/86, mediante Dictamen Nº 596/2020, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente;

Que a fs. 87, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “TERMINACIÓN ESCUELA N° 4.190 - PARAJE EL DESEMBOQUE - SANTA VICTORIA ESTE - DEPARTAMENTO RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 663/19, a la contratista LEGO CONSTRUCCIONES.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicada mediante Resolución S.O.P. N° 663/19, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 6.336.645,25 (pesos seis millones trescientos treinta y seis mil seiscientos cuarenta y cinco con 25/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de marzo del 2020, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de noviembre de 2020 por la suma de $ 5.803.734,67 (pesos cinco millones ochocientos tres mil setecientos treinta y cuatro con 67/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de marzo de 2020 por la suma de $ 532.910,58 (pesos quinientos treinta y dos mil novecientos diez con 58/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista LEGO CONSTRUCCIONES, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011057803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 180 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2020.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente


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