RESOLUCIÓN N° 450/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: AMPLIACIÓN Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 - PJE. SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21260, el día 29 de Junio de 2022.



SALTA, 23 de Junio de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 450

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 180.638/18 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 PJE. SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/10, rolan los antecedentes de los informes emitidos por la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y de las autoridades de la Escuela N° 4.194 “San Luis” de la localidad de Santa Victoria Este, planteando la necesidad de intervenir con obras de refacciones en el mencionado establecimiento;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción del acceso, la refacción general de dos aulas, la colocación de puertas de rejas en baños y aulas del sector de galería, la reposición tanque reserva, el revocado muros superiores en galería, el cerramiento de un sector cubierto existente para la conformación de otra aula (biblioteca), el traslado tablero eléctrico, la conexión tablero general del nivel inicial al pilar de luz y la refacción de los baños del nivel inicial, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 20/22 y de las especificaciones técnicas de fs. 40/59;

Que en virtud de ello, a fs. 81/96 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.949.655,12 (pesos cuatro millones novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 82;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley N° 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 18, rola el informe Técnico Ambiental Interno N° 509/21, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 102, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 72/75, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución N° 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 99/101, rola el Dictamen Nº 261/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 103, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 90/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “AMPLIACIÓN Y REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.194 PJE. SAN LUIS - SANTA VICTORIA ESTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.949.655,12 (pesos cuatro millones novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco con 12/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011057303 - Proyecto: 939 - Unidad Geográfica: 133 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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