RESOLUCIÓN N° 452/22
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EFECTUADA DE MANERA DIRECTA, LLEVADO ADELANTE POR LA DIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y PRODUCTIVA, ENCOMENDADO POR RESOLUCIÓN S.O.P. Nº 130/22, OBRA: PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE MOLINOS - DPTO. MOLINOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21261, el día 30 de Junio de 2022.



SALTA, 24 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 452

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 263.278/2.020 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 130/22; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 179/180), se declara desierto el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 01/22 para la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE MOLINOS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.390.268,14 (pesos dieciséis millones trescientos noventa mil doscientos sesenta y ocho con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 80.72, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Disposición Nº119/21 de la Unidad Central de Contrataciones, se considera como precio testigo al presupuesto oficial confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 16.390.268,14 (pesos dieciséis millones trescientos noventa mil doscientos sesenta y ocho con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021;

Que en ese marco, a fs. 181/183, se efectuaron 3 (tres) invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 22 de Abril de 2.022 (fs. 185/186), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, “LICONSSERV de Lucas Pedro Iglesias” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia dispuesto por la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 415/416, rola el informe de la Comisión Evaluadora, la cual recomienda: desestimar las ofertas presentadas por las empresas “LICONSSERV de Lucas Pedro Iglesias” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7º inc. j) del Pliego de Condiciones Particulares y declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta admisible verifica técnicamente con lo solicitado en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su análisis de precios razonable, su plan de trabajos y metodología coherentes y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora, recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, en la suma de $ 20.774.664,32 (pesos veinte millones setecientos setenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, que representa un 4,87 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 419/421, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 424/425, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizó la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 426/429, mediante Dictamen Nº 249/22, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 430, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 107/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 130/22, para la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE MOLINOS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.390.268,14 (pesos dieciséis millones trescientos noventa mil doscientos sesenta y ocho con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.021, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “LICONSSERV de Lucas Pedro Iglesias” y “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, por las razones expuestas en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la empresa “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, CUIT Nº 30-71216735-8, la ejecución de la obra “PAVIMENTO ARTICULADO EN CALLES VARIAS DE LA LOCALIDAD DE MOLINOS - DPTO. MOLINOS - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 20.774.664,32 (pesos veinte millones setecientos setenta y cuatro mil seiscientos sesenta y cuatro con 32/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007159801/092007162001 - Financiamiento: A.E. Argentina Hace (299)/Ley 27429 (295) - Proyecto: 946/586 - Unidad Geográfica: 99/99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image