RESOLUCIÓN N° 452/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EFECTUADA DE MANERA DIRECTA. OBRA: AMPLIACIÓN HOSPITAL EVA PERÓN - HIPÓLITO YRIGOYEN - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21474, el día 19 de Mayo de 2023.



SALTA, 16 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 452

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 174 - 32.810/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 112/23; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 168/169) se declara desierto el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 125/22 para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN HOSPITAL EVA PERÓN - HIPÓLITO YRIGOYEN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 26.494.957,70 (pesos veintiséis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y siete con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que en consecuencia, a fs. 170/230, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P. efectúa la actualización del Legajo Técnico para la ejecución de la obra, en consideración a que su presupuesto oficial debe ser considerado como precio testigo;

Que en ese marco a fs. 231/233, se efectuaron 3 (tres) invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres de fecha 05 de Abril de 2.023 (fs. 236/237) presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “BARBOZA, CAYETANO DANIEL”, “MARCOS ZARATE S.R.L.” y “CASTELLÓN, RENE LUIS”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 552/555, rola el informe de Preadjudicación de la Comisión Evaluadora, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas “BARBOZA, CAYETANO DANIEL”, por no presentar la garantía de mantenimiento de oferta ni el certificado de habilitación del asesor técnico (Art. 7º incs. i y l del Pliego de Condiciones Particulares) y “CASTELLÓN, RENE LUIS”, por no presentar la planilla de datos garantizados, garantía de mantenimiento de oferta, ni certificado de habilitación del asesor técnico (Art. 7º incs. f, i y l del Pliego de Condiciones Particulares) y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “MARCOS ZARATE S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta admisible, reúne técnicamente lo requerido en los pliegos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su análisis de precios y cotización razonables, su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajos y metodología coherentes y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora, recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “MARCOS ZARATE S.R.L.”, en la suma de $ 43.699.263,34 (pesos cuarenta y tres millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos sesenta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, que representa un 0,0033 % inferior al presupuesto oficial actualizado a valores de febrero de 2.023, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta admisible y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 557/559, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 561/562, mediante Dictamen Nº 273/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 563, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 564, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 38/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Obras de Salud, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 112/23, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN HOSPITAL EVA PERÓN - HIPÓLITO YRIGOYEN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 26.494.957,70 (pesos veintiséis millones cuatrocientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y siete con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas “BARBOZA, CAYETANO DANIEL” y “CASTELLÓN, RENE LUIS”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “MARCOS ZARATE S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la empresa “MARCOS ZARATE S.R.L.”, CUIT Nº 30-71489587­3, la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN HOSPITAL EVA PERÓN - HIPÓLITO YRIGOYEN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 43.699.263,34 (pesos cuarenta y tres millones seiscientos noventa y nueve mil doscientos sesenta y tres con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “MARCOS ZARATE S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4º de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 20.000.000,00 al Curso de Acción: 081017036501 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 414 - Unidad Geográfica: 126 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 8º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 9º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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