RESOLUCIÓN N° 456/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: DEFENSAS EN ARROYO VILLA EL DIQUE - 2ª ETAPA - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21477, el día 24 de Mayo de 2023.



SALTA, 17 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 456

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 34 - 139.584/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra: "DEFENSAS EN ARROYO VILLA EL DIQUE - 2a ETAPA - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/16, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Campo Quijano presenta el proyecto revisado por la Secretaría de Recursos Hídricos para ser incluido en el Plan de Mínima de Defensas y Encauzamientos de ríos 2.022 - 2.023 y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto de evitar la pérdida e inundación de los caminos, casas e infraestructura en el Barrio Villa El Dique debido a la erosión de las márgenes del Río Ancho, de esta manera se evitarán las pérdidas económicas causadas por las grandes crecientes de agua en época de lluvias que se producen en los meses de Noviembre a Abril y comprende la ejecución de 390 m3 de gaviones con alambre galvanizado, la provisión, transporte y colocación 1.365 m2 de geotextil de 150gr/m2 y 1.091,20 m3 de encauzamiento del Arroyo Vila El Dique, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 20/21 y de las especificaciones técnicas particulares de fs. 27/32;

Que, en virtud de ello, a fs. 19/32, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 18.672.905,10 (pesos dieciocho millones seiscientos setenta y dos mil novecientos cinco con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, conforme planilla de cómputo y presupuesto de fs. 20;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Campo Quijano;

Que a fs. 35, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 40/43, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 44, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 15/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 45/46, rola Dictamen Nº 136/23 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 47, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 71/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra "DEFENSAS EN ARROYO VILLA EL DIQUE - 2a ETAPA - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 18.672.905,10 (pesos dieciocho millones seiscientos setenta y dos mil novecientos cinco con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Campo Quijano.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Campo Quijano, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 517 - Unidad Geográfica. 99 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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