RESOLUCIÓN N° 461/23
DECLARA DESIERTO EL PROCESO SELECTIVO DE ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 11/23. OBRA: RECAMBIO DE COLECTORA MÁXIMA Ø 400 SOBRE CALLE DORREGO ENTRE ESQUIÚ Y ZÁRATE Y COLECTORA SUBSIDIARIA ENTRE ESQUIÚ Y F. CUENCA - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21478, el día 29 de Mayo de 2023.



SALTA, 22 de mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 461

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 268.917/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 11/23, para la contratación de la obra “RECAMBIO DE COLECTORA MÁXIMA 0 400 SOBRE CALLE DORREGO ENTRE ESQUIÚ Y ZÁRATE Y COLECTORA SUBSIDIARIA ENTRE ESQUIÚ Y F. CUENCA - ORÁN - DPTO. ORÁN- PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 312/23 (fs. 81/82), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 35.971.053,97 (pesos treinta y cinco millones novecientos setenta y un mil cincuenta y tres con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 84/122, mediante Resolución Nº 15/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 130, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 131/132 en el Boletín Oficial, y a fs. 133 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 05 de Mayo de 2.023 (fs. 152), no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, razón por la cual corresponde declarar desierta la contratación en curso, criterio igualmente recomendado por la Comisión de Preadjudicacion designada al efecto (fs. 153);

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 157/158, mediante Dictamen Nº 297/23, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite que declare desierta a la Adjudicación simple mencionada;

Que a fs. 159, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 59/23;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2.018,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 11/23, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 312/23, para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE COLECTORA MÁXIMA 0 400 SOBRE CALLE DORREGO ENTRE ESQUIÚ Y ZÁRATE Y COLECTORA SUBSIDIARIA ENTRE ESQUIÚ Y F. CUENCA - ORÁN - DPTO. ORÁN- PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $35.971.053,97 (pesos treinta y cinco millones novecientos setenta y un mil cincuenta y tres con 97/100) IVA incluido, correspondiente al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar Desierto el proceso selectivo de Adjudicación Simple N° 11/23 mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolución por falta de presentación de ofertas.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a realizar los trámites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image