SALTA, 23 de mayo de 2023
RESOLUCIÓN Nº 465
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125 -29.563/23 - 0 y agregados.
VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE 2 AULAS EN COLEGIO Nº 5.151 - GRAL. PIZARRO - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 02 rola la solicitud efectuada por la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología planteando la necesidad de incluir en el Plan de Aulas del presente año la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará mejorar las condiciones edilicias del Colegio Nº 5.151 para su normal funcionamiento;
Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 2 (dos) aulas en el Colegio Nº 5.151 de la localidad de Gral. Pizarro, con similares características a las del edificio existente e incluye tareas preliminares (replanteo y proyecto ejecutivo, demoliciones, movimiento de suelos, fundaciones, estructura resistente, aislaciones, cerramientos exteriores e interiores, revoques, cubiertas, cielorrasos, solados, zócalos, umbrales y antepechos, carpinterías, vidrios, pintura, instalación eléctrica y varios, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 04/06 y de las especificaciones técnicas de fs. 09/22;
Que en virtud de ello, a fs. 40/44, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 21.171.781,44 (pesos veintiún millones ciento setenta y un mil setecientos ochenta y uno con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;
Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos;
Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de General Pizarro;
Que a fs. 45, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 128/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;
Que a fs. 48, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;
Que a fs. 53/56, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;
Que a fs. 58/59, rola Dictamen Nº 161/23 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;
Que a fs. 60, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 74/23;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE 2 AULAS EN COLEGIO Nº 5.151 - GRAL. PIZARRO - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $21.171.781,44 (pesos veintiún millones ciento setenta y un mil setecientos ochenta y uno con 44/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos.
ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de General Pizarro.
ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de General Pizarro, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011128001 - Proyecto: 269 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente