RESOLUCIÓN N° 467/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: LIMPIEZA Y LIBERACIÓN DE CAUCE ARROYO LOS NOGALES -CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21263, el día 04 de Julio de 2022.



SALTA, 28 de Junio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 467

>SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 386 - 17.049/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra “LIMPIEZA Y LIBERACIÓN DE CAUCE ARROYO LOS NOGALES - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/13 el Sr. Intendente de la Municipalidad de Campo Quijano eleva el anteproyecto revisado por la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia y solicita financiación para la ejecución de la obra mencionada;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar la limpieza y liberación de cauce para acondicionamiento de secciones y ejecución de protecciones de un tramo de 980 m. del Arroyo Los Nogales, el cual presenta acumulación de sedimentos que reducen la sección de conducción que sufrió una serie de daños en los cambios de dirección de la traza, afectando y exponiendo permanentemente al proceso erosivo de las propiedades privadas aledañas y comprende 6.272 m2 de y limpieza a mano y máquina para liberación de la zona de trabajo y 1.176 m3 de limpieza de canales, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y especificaciones técnicas de fs. 17/24;

Que en virtud de ello, a fs. 16/32 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 1.930.036,28 (pesos un millón novecientos treinta mil treinta y seis con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 25;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Campo Quijano;

Que a fs. 36, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 41/44, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 45/47, rola Dictamen Nº 274/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 48, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 273/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 49, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura a tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 94/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la obra “LIMPIEZA Y LIBERACIÓN DE CAUCE ARROYO LOS NOGALES - CAMPO QUIJANO - DPTO. ROSARIO DE LERMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 1.930.036,28 (pesos un millón novecientos treinta mil treinta y seis con 28/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 30 (treinta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Campo Quijano.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de Campo Quijano, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





Responsive image Responsive image