SALTA, 22 de Septiembre de 2021
RESOLUCIÓN Nº 482 D
COORDINACIÓN DE ENLACE Y
RELACIONES POLÍTICAS DE LA GOBERNACIÓN
Expediente Nº -411-122568/2021-0
VISTO, la Disposición Nº 01/21 por la que se lleva a cabo Contratación Abreviada de Emergencia; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Director Ejecutivo Lic. Pablo Peñalba de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario, ha celebrado Contratación abreviada, en el marco de asumir la asistencia y provisión inmediata del servicio de desayuno y merienda denominado "Copa de Leche", destinado a brindar el refuerzo nutricional a favor de niños y adolescentes que asisten a establecimientos educativos de Salta Capital;
Que, la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida y la salud de la población en su conjunto, ha demostrado la necesidad de establecer procedimientos de adquisición de bienes y servicios que habiliten a todas las áreas comprometidas en dar respuestas integrales, mediante herramientas que otorguen celeridad y eficacia en la atención de las necesidades que se presenten, sin mengua de la transparencia que debe primar en todo el obrar público;
Que, el art. 16º del Decreto Provincial Nº 250/19 -Ley de Emergencia Nº 8.188 y Nº 8.206-, establece: "Las erogaciones realizadas en el marco de la presente situación de emergencia quedan comprendidas en las disposiciones del art. 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072;
Que, bajo tal directriz a comienzo de junio, se inicia Contratación Abreviada obrando constancia de procurar, en el marco de los principios exigibles para las contrataciones públicas dar intervención a las áreas competentes;
Que, frente a la dilación que todo procedimiento administrativo conlleva, desde la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario, se reformula el encuadre y se gestiona la adquisición de los insumos mencionados, conforme lo dispuesto en apartado segundo del artículo 22º del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;
Que, el Servicio Administrativo Financiero de la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación efectúa previsión presupuestaria a fin de brindar cobertura a la factura presentada por el proveedor "Prolacsa S.A. CUIT 30-71078913-0";
Que, la Secretaría de Finanzas ha dado autorización para cubrir la erogación que conlleva el presente procedimiento;
Que , han tomado intervención todas las áreas pertinentes de conformidad con la normativa legal vigente;
Que, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i de la Ley Nº 8.072, y del Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL COORDINADOR DE ENLACE Y RELACIONES POLÍTICAS
DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Convalidar lo actuado mediante contratación abreviada celebrada en mérito a Disposición Nro. 01/21 de la Agencia de Contención y Desarrollo Comunitario tendiente a la adquisición de los insumos destinados al programa "Copa de Leche".
ARTÍCULO 2º.- Tener por adjudicada a la firma "Prolacsa S.A.", CUIT 30-71078913-0, por un monto total de $7.927.920,00 (siete millones novecientos veintisiete mil novecientos veinte con 00/100), tendiente a la adquisición de 84.000 Its. de leche parcialmente descremada, fluida, larga vida UAT, esterilizada, homogeneizada en envase Tetra - Brik.
ARTÍCULO 3º.- Oportunamente emitir la Orden de Compra correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al curso de acción correspondiente a la Coordinación de Enlace y Relaciones Políticas de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, Publicar en Boletín Oficial, registrar, y archivar.
Outes