RESOLUCIÓN N° 485D/22
RECTIFICA PARCIALMENTE EL ANEXO DE LA DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 334/2022. SRAS. MARÍA ESTELA FARFÁN Y ALBA INÉS ROMERO.

Publicado en el Boletín N° 21284, el día 02 de Agosto de 2022.



SALTA, 29 de Julio de 2022

RESOLUCION Nº 485 D

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Expediente Nº 91.723/2022-código 234

VISTO la Decisión Administrativa Nº 334/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 1º de dicho instrumento a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre del 2022 o mientras duren las necesidades de servicios, lo que ocurra primero, se autorizan y prorrogan las afectaciones, comisiones de servicios y prestaciones de servicios en carácter de colaboración a la Cámara de Senadores de la Provincia, de diversos agentes del Poder Ejecutivo Provincial que se detallan en el Anexo de la misma;

Que el Programa Recursos Humanos de este Ministerio, solicita se rectifique parcialmente el Anexo de la citada Decisión Administrativa, habida cuenta que en los cuadros del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, se consigna entre otros a la señora Farfán María Estela, D.N.I. Nº 23.555.682 y en el de la Secretaría de Personas Mayores, a la señora Alba Inés Romero, D.N.I. Nº 16.883.186, por lo que se debe dejar establecido, que las nombradas son agentes dependientes del Ministerio de Desarrollo Social;

Que el Artículo 76 de la Ley Nº 5348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta establece que, en cualquier momento podrán rectificarse de oficio los errores materiales y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto;

Por ello, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 41/95 y su modificatorio Nº 1575/08 y en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 1105/02;

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectificar parcialmente el Anexo de la Decisión Administrativa Nº 334/2022, dejando establecido que las señoras Farfán María Estela, D.N.I. Nº 23.555.682 y Alba Inés Romero, D.N.I. Nº 16.883.186, son agentes dependientes del Ministerio de Desarrollo Social.

ARTICULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Vargas





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