RESOLUCIÓN N° 488/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE CERCO OLÍMPICO EN ESCUELA SANTA ROSA - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21077, el día 24 de Septiembre de 2021.



SALTA, 16 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 488

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 411-120.271/21-0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE CERCO OLÍMPICO EN ESCUELA SANTA ROSA - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 el Intendente de Rivadavia Banda Sur, eleva el proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene como objetivo proteger y delimitar sectores para un mejor ordenamiento sectorial y urbano en la Escuela de la localidad de Santa Rosa;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de 300 ml de cerco olímpico perimetral de 2,50 m. de altura, con postes premoldeados, muro de hormigón simple y alambre romboidal con sus respectivos accesorios, conforme a las especificaciones de la Memoria Descriptiva de fs. 03/04;

Que en virtud de ello, a fs. 21/28 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 3.402.122,79 (pesos tres millones cuatrocientos dos mil ciento veintidós con 79/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo u presupuesto de fs. 17;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur;

Que a fs. 29 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 212/2021, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 33 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 38/41 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 42/43 rola Dictamen Nº 272/2021 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 44 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 176/2021;

Que a fs. 46 toma intervención la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2020 y de la Resolución Nº 36/2020 de la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE CERCO OLÍMPICO EN ESCUELA SANTA ROSA - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 3.402.122,79 (pesos tres millones cuatrocientos dos mil ciento veintidós con 79/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Rivadavia Banda Sur, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005205 - Proyecto: 649 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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