RESOLUCIÓN N° 503/21
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: RED DE AGUA POTABLE PARA Bº NORTE - MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21082, el día 01 de Octubre de 2021.



SALTA, 22 de Septiembre de 2021

RESOLUCIÓN Nº 503

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125-143.407/21-0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “RED DE AGUA POTABLE PARA Bº NORTE - MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01 el Intendente de Rivadavia Banda Norte eleva el proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene como objetivo abastecer de agua potable al Barrio Norte de la comunidad de Morillo;

Que la presente contratación tiene por objeto la ejecución de la ampliación de la red de distribución de agua potable y la provisión de las conexiones domiciliarias completas hasta la línea municipal, conforme a las especificaciones de la Memoria Descriptiva de fs. 02/03;

Que en virtud de ello, a fs. 18/30 la Dirección de Obras Municipales de la SOP confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 7.491.166,32 (pesos siete millones cuatrocientos noventa y un mil ciento sesenta y seis con 32/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 32;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte;

Que a fs. 31 rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 233/2021, elaborado por el Área Ambiental de la SOP;

Que a fs. 35 el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 40/43 rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 27/21 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 44/45 rola Dictamen Nº 285/2021 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 46 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 103/2021;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el presente instrumento,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “RED DE AGUA POTABLE PARA Bº NORTE - MORILLO - RIVADAVIA BANDA NORTE - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 7.491.166,32 (pesos siete millones cuatrocientos noventa y un mil ciento sesenta y seis con 32/100), IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente Resolución a la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Rivadavia Banda Norte, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 650 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2021.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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