RESOLUCIÓN N° 508/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: RECAMBIO RED DE CLOACA CALLES CAMPO DURAN Y MACUETA Y PASAJE TOBAR - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21273, el día 18 de Julio de 2022.



SALTA, 13 de Julio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 508

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 137.340/22 - 0 y agregados

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, para la ejecución de la obra: “RECAMBIO RED DE CLOACA CALLES CAMPO DURÁN Y MACUETA Y PASAJE TOBAR - TARTAGAL- DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/35, rola el proyecto ejecutivo elaborado por la empresa Aguas del Norte - Co.S.A.ySa., para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto reemplazar las redes cloacales de Hormigón Comprimido y sus conexiones domiciliarias que hoy presentan un absoluto deterioro por redes y conexiones de PVC en el barrio SUPE de la zona sur de la localidad de Tartagal;

Que la presente contratación comprende la apertura de calzada, excavación y reemplazo de cañería de los tramos, efectuando un by pass por gravedad o bombeo a fin de no interrumpir el servicio del tramo aguas arriba del tramo que ejecuta y la ejecución de 35 conexiones domiciliarias cloacales completas hasta el cordón de la vereda, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 04/05 y de las especificaciones técnicas de fs.15/35;

Que, en virtud de ello, a fs. 37/45 la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 14.986.944,10 (pesos catorce millones novecientos ochenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 44;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 21 (veintiún) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Tartagal;

Que a fs. 46, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 279/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 49, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que la obra se encuentra comprendida en las construcciones vinculadas a obras de agua y saneamiento, quedando exceptuada del requisito de la autorización del gasto por parte de la Secretaría de Finanzas, conforme le establece el artículo 5 de la Resolución Nº 102 D/22 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, previéndose además que su gasto será afrontado con fondos provenientes del Fondo Fiduciario 2.022;

Que a fs. 52/53, rola Dictamen Nº 303/22 emitido por la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 54, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 111/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva, para la obra “RECAMBIO RED DE CLOACA CALLES CAMPO DURÁN Y MACUETA Y PASAJE TOBAR - TARTAGAL- DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $14.986.944,10 (pesos catorce millones novecientos ochenta y seis mil novecientos cuarenta y cuatro con 10/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 21 (veintiún) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero a la Municipalidad de Tartagal.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Tartagal, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038009101 - Proyecto: 1008 - Unidad Geográfica. 56 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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