RESOLUCIÓN N° 510D/19
BENEFICIO JUBILATORIO. DRA. GRISELDA GEORGINA RANGEON.

Publicado en el Boletín N° 20546, el día 22 de Julio de 2019.



SALTA, 16 de Julio de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 510 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. nº 117942/19-código 321

VISTO
la renuncia presentada por la Dra. GRISELDA GEORGINA RANGEON, D.N.I. Nº 11.080.492, agente de Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Salud Pública, a partir del 13 de Mayo de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01278 de fecha 12 de Marzo de 2019 de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno (fs. 05 y 07);

Que la agente incumplió con la presentación del Certificado de Apto PsicoFísico de Egreso por su expresa negativa (fs.01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Dirección General de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8053/17 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 13 de Mayo de 2019, la renuncia de la Dra. GRISELDA GEORGINA RANGEON, D.N.I. Nº 11.080.492, al Cargo: Profesional Asistente - Agrupamiento: Profesional de la Salud - Subgrupo: 1 - Nº de Orden: 52, con desempeño como Directora General de la Coordinación Epidemiológica - Autoridad Superior - Ministerio de Salud Pública, Decreto Nº 2734/12.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la Dra. RANGEON, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Mascarello





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