RESOLUCIÓN N° 520/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LOTE 14 - ETAPA I - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21277, el día 22 de Julio de 2022.



SALTA, 18 de Julio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 520

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 85.751/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LOTE 14 - ETAPA I - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/21 rola el legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales para la ejecución de la obra mencionada, la cual en esta primera etapa, posibilitará el suministro de energía eléctrica a las familias asentadas sobre la Ruta Nº 54 en el Paraje denominado Lote 14 de la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que la presente contratación tiene por objeto la construcción de una nueva red de alumbrado público, una red de media tensión, red de baja tensión y una SETA de 40 Kva. con la instalación de pilares domiciliarios y la instalación de 40 artefactos LED de 100 W, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva y especificaciones técnicas de fs. 03/12;

Que en virtud de ello, a fs. 22/27 la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 18.973.451,33 (pesos dieciocho millones novecientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y uno con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 15;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Santa Victoria Este;

Que a fs. 30, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 35/38, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 39/41, rola Dictamen Nº 275/22 emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 43, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 275/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 44, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 95/22;

Que a fs. 46, rola la intervención de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 417/2.020 y las Resoluciones Nº 36/2.020 y 02/21 de la Secretaria de Procedimientos de Contrataciones, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA A PARAJE LOTE 14 - ETAPA I - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 18.973.451,33 (pesos dieciocho millones novecientos setenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y uno con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Santa Victoria Este.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Santa Victoria Este, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007019205 - Proyecto: 931 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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