RESOLUCIÓN N° 538/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EFECTUADA DE MANERA DIRECTA. OBRA: CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN DE PROYECTOS EJECUTIVOS DE OBRAS - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21499, el día 29 de Junio de 2023.



SALTA, 14 de junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 538

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 3.602/22 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. Nº 553/22; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 209/210), se declara fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 47/22 para la ejecución de la obra “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN DE PROYECTO S EJECUTIVOS DE OBRAS - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.800.000 (pesos cuatro millones ochocientos mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley Nº 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley Nº 80.72, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Disposición Nº 119/21 de la Unidad Central de Contrataciones, se considera como precio testigo al presupuesto oficial confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 4.800.000 (pesos cuatro millones ochocientos mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 (fs. 08);

Que en ese marco a fs. 215/217, se efectuaron 3 (tres) invitaciones y sus aclaratorias a los fines de cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres de fecha 27 de Abril de 2.023 (fs. 219), presenta su única oferta la firma “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 294/295, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada, la cual recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la firma “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 8º de los Términos de Referencia;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta admisible, cumple con los requerimientos técnicos exigidos en la Grilla de Evaluación dispuesta en el artículo 8º y en el Anexo I de los Términos de Referencia, relacionados a sus antecedentes empresarios, con una experiencia aceptable de más de 10 años en las obras hidráulicas similares, obteniendo un puntaje que supera al mínimo exigido, presenta su análisis de precios razonable y su plan de trabajo y metodología coherentes;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora, recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, en la suma de $ 11.028.000,00 (pesos once millones veintiocho mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, que representa un 4,93 % superior al presupuesto oficial actualizado a valores de marzo de 2.023, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 8º de los Términos de Referencia;

Que a fs. 298, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 299, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 300/301, mediante Dictamen Nº 354/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 302, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 51/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de contratación efectuada de manera directa, llevado adelante por la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 553/22, para la ejecución de la obra “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN DE PROYECTO S EJECUTIVOS DE OBRAS - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $4.800.000,00 (pesos cuatro millones ochocientos mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con la modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible a la oferta de la firma “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la firma “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, CUIT Nº 30-71040157-4, la ejecución de la obra “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN Y CONCLUSIÓN DE PROYECTO S EJECUTIVOS DE OBRAS - TARTAGAL - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 11.028.000,00 (pesos once millones veintiocho mil con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 8° de los Términos de Referencia.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Consultoría con la firma “ING. MARCELO ARZELÁN Y ASOCIADOS S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007163201 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 515 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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