RESOLUCIÓN N° 540/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS NROS. 1 Y 2. OBRA: AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DEL HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21499, el día 29 de Junio de 2023.



SALTA, 14 de junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 540

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 172 - 844/12 - Cpde. 1011 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nºs 1 y 2 de la Obra: “AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DEL HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR - DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 682/22 (fs. 125) a la empresa CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 32.462.710,53 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos diez con 53/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 (fs. 04);

Que a fs. 01, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 03 rola Nota de Pedido Nº 03 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 108, mediante Actuación Nº 33/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 109/110 el Dictamen Nº 88/23 y a fs. 111 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalente al 9,24 % y 7,45 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Septiembre y Octubre del 2.022 respectivamente;

Que a fs. 112/113, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 38.102.266,24 (pesos treinta y ocho millones ciento dos mil doscientos sesenta y seis con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 32.462.710,53 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos diez con 53/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022 por la suma de $ 2.999.193,65 (pesos dos millones novecientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres con 65/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 2.640.362,06 (pesos dos millones seiscientos cuarenta mil trescientos sesenta y dos con 06/100);

Que a fs. 115, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 118/119, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 122/123, mediante Dictamen Nº 353/23 la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 124, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 102/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la Obra: “AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DEL HOSPITAL RIVADAVIA BANDA SUR DPTO. RIVADAVIA - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 682/22, a la contratista CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 682/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 38.102.266,24 (pesos treinta y ocho millones ciento dos mil doscientos sesenta y seis con 24/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022 por la suma de $ 32.462.710,53 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos sesenta y dos mil setecientos diez con 53/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2022 por la suma de $ 2.999.193,65 (pesos dos millones novecientos noventa y nueve mil ciento noventa y tres con 65/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 2.640.362,06 (pesos dos millones seiscientos cuarenta mil trescientos sesenta y dos con 06/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017034301 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 432 - Unidad Geográfica: 133 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente





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