RESOLUCIÓN N° 541/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO Y PROCESO SELECTIVO. OBRA: READECUACIÓN ELÉCTRICA DE ESCUELA Nº 4.273 ARTURO ILLIA - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21499, el día 29 de Junio de 2023.



SALTA, 16 de Junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 541

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 88.198/23 -0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Contratación Abreviada, llevado a cabo para la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DE ESCUELA Nº 4.273 ARTURO ILLIA - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 02/14, rola la Nota de elevación de la Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el informe de relevamiento elaborado por la Municipalidad de Orán, planteando la imperiosa necesidad de la ejecución de la mencionada obra, toda vez que la instalación eléctrica del establecimiento se encuentra deteriorada provocando un riesgo para el personal y los alumnos, motivo por el cual se encuentra suspendido el dictado de clases;

Que a fs. 01, interviene la Coordinación General de la S.O.P. solicitando la elaboración del legajo técnico para normalización de la instalación eléctrica del edificio de la Escuela Nº 4273 “Arturo Ilia” de la ciudad de Orán;

Que a fs. 16/36, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., elabora el legajo técnico e informa que la presente contratación contiene un presupuesto oficial de $ 13.515.326,67 (pesos trece millones quinientos quince mil trescientos veintiséis con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y a realizarse por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, previsto en el articulo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que las razones de emergencia para efectuar la presente contratación se encuentran fundamentadas en el grave peligro que provoca el mal estado de la instalación eléctrica del edificio de la escuela donde desarrollan sus actividades alumnos y personal del establecimiento, resultando necesario su refacción a fin de garantizar la seguridad y continuidad de las actividades educativas;

Que a fs. 38, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 145/23 emitido por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 43/48, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12 prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 49, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 50/52, mediante Dictamen Nº 155/23, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, expresando las razones y fundamentos que permiten encuadrar la presente contratación en el marco de lo dispuesto por el artículo 15, inc. i) de la Ley Nº 8.072 - Contratación abreviada por emergencia - y del artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 53, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante Informe Nº 29/23;

Que a fs. 75/77, se ha dado cumplimiento con la debida invitación del llamado a Contratación Abreviada, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 78/192, presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “BRAYTON S.R.L”, "NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L” y "COMERSION S.R.L”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que a fs. 193/194, rola el informe técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., el cual recomienda declarar admisibles a las ofertas presentadas por las empresas "BRAYTON S.R.L”, "NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L” y "COMERSION S.R.L”, por cumplir con los requerimientos exigidos en el pliego, presentar los requisitos formales requeridos, cumplir con los requisitos técnicos constructivos, presentar sus cotizaciones y análisis de precios razonables, planes de trabajo y metodología coherentes y equipamientos suficientes;

Que en consecuencia, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P., recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa "BRAYTON S.R.L”, en la suma de $ 14.191.093,00 (pesos catorce millones ciento noventa y un mil noventa y tres con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023, que representa un 5% superior al presupuesto oficial, a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, por cumplir con los requerimientos formales y técnicos exigidos y resultar la más conveniente a los intereses del Estado;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia en sus artículos 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y artículo 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 203/204, mediante Dictamen Nº 195/23, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación de la contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 205, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizo la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 206, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 48/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7, 15 y 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18 y, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico y el proceso selectivo realizado por la Dirección de Obras de Municipales para la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DE ESCUELA Nº 4.273 ARTURO ILLIA - SAN RAMÓN DE LA NUEVA ORÁN - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, con presupuesto oficial de $ 13.515.326,67 (pesos trece millones quinientos quince mil trescientos veintiséis con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, por el procedimiento de Contratación Abreviada por razones de emergencia, en el marco del artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “BRAYTON S.R.L.”, “NEBAR CONSTRUCCIONES S.R.L.” y “COMERSION S.R.L.”, por cumplir los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. i) de la Ley Nº 8.072 y 22 apartado 2) del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar a la empresa “BRAYTON S.R.L.”, CUIT Nº 30-71683122-8, la ejecución de la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución, por un monto de $ 14.191.093,00 (pesos catorce millones ciento noventa y un mil noventa y tres con 00/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por resultar la más conveniente conforme a los motivos indicados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “BRAYTON S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3º de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011128101 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 270 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 7º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y en el sitio de internet de la Provincia y archivar.

De la Fuente





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