RESOLUCIÓN N° 545/22
DECLARA FRACASADA LA ADJUDICACIÓN SIMPLE Nº 53/22. OBRA: READECUACIÓN INTEGRAL ELÉCTRICA Y EDILICIA EN SECTORES VARIOS HOSPITAL DR. MIGUEL RAGONE - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21285, el día 03 de Agosto de 2022.



SALTA, 29 Julio de 2022

RESOLUCIÓN Nº 545

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 267.168/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 53/22, para la contratación de la obra “READECUACIÓN INTEGRAL ELÉCTRICA Y EDILICIA EN SECTORES VARIOS HOSPITAL DR. MIGUEL RAGONE - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución S.O.P. Nº 379/22 (fs. 126/127), se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 78.698.376.29 (pesos setenta y ocho millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos setenta y seis con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 129/158, mediante Resolución Nº 72/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 165, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 166 en el Boletín Oficial y a fs. 167 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley Nº 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 30 de Junio de 2.022 (fs. 187/188), presenta su única oferta la empresa “J. C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones del Régimen de Contrataciones de la Provincia establecido en la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1319/18;

Que a fs. 300/303, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 72/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “J. C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.” , pero finalmente fracasada la contratación, toda vez que observa que la oferta presentada refleja una notable desproporción de valores de: a) Ítem 11 “Normalización Instalaciones Eléctricas General”, con una cotización superior al 102,34 % del presupuesto oficial y b) Ítem 12 “Instalaciones Sanitarias” con una cotización superior al 203,97 % del presupuesto oficial, además de presentar la planilla de datos garantizados prevista en el PCP de manera incompleta, arrojando como resultado final una oferta económica superior al 44,95 % del presupuesto oficial actualizado, resultando inconveniente a los intereses del Estado;

Que a fs. 304/310, la empresa J. C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A., efectúa una presentación manifestando que se encuentra dispuesta a realizar una mejora de oferta en los términos del artículo 13 de la Ley Nº 8.072;

Que a fs. 310/311, rola un nuevo Informe de la Comisión Evaluadora, la cual ratifica los argumentos del dictamen de preadjudicación efectuadoanteriormente;

Que a fs. 312/313, rolan las constancias de la notificación del segundo Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones;

Que a fs. 317, interviene la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., la cual luego de efectuar el análisis de la documentación presentada, comparte plenamente lo resuelto por la Comisión de Preadjudicación;

Que a fs. 319/320, mediante Dictamen Nº 318/22, rola la intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para declarar fracasada la adjudicación simple correspondiente;

Que a fs. 321, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 81/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 53/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 379/22, para la ejecución de la obra “READECUACIÓN INTEGRAL ELÉCTRICA Y EDILICIA EN SECTORES VARIOS HOSPITAL DR. MIGUEL RAGONE - SALTA - CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 78.698.376.29 (pesos setenta y ocho millones seiscientos noventa y ocho mil trescientos setenta y seis con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar fracasada la Adjudicación Simple Nº 53/22, por resultar inconveniente a los intereses del Estado la oferta presentada por la empresa “J. C. SEGURA CONSTRUCCIONES S.A.”, conforme a los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Dirección de Obras de Salud a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley 8.072.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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