RESOLUCIÓN N° 546D/19
APRUEBA PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN ANTE SITUACIONES DE MALTRATO INFANTIL, ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA DE GÉNERO EN ESPACIOS EDUCATIVOS.

Publicado en el Boletín N° 20547, el día 23 de Julio de 2019.



SALTA, 17 de Julio de 2019

RESOLUCIÓN Nº 546 D

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

EXPEDIENTE N° 0120047-20044/2019-0

VISTO
el Expte N° 0120047-20044/19-0, por el cual se gestiona la aprobación del Protocolo de Intervención ante situaciones de Maltrato Infantil Abuso Sexual y Violencia de Género en espacios educativos, y;

CONSIDERANDO:

Que el Protocolo de Intervención ante situaciones de Maltrato Infantil, Abuso Sexual y Violencia de Género en espacios educativos fue elaborado por organismos competentes en la materia, tal es así el Observatorio de Violencia Contra las Mujeres y los equipos técnicos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, atento a la necesidad de contar con un instrumento único para la actuación en espacios educativos de la provincia;

Que el objetivo del citado instrumento es facilitar las pautas de intervención que orienten el accionar dentro del ámbito educativo de la Provincia de Salta, ante la presunción y/o detección de situaciones de maltrato infantil, abuso sexual y violencia de género;

Que dicho protocolo se respalda y fundamenta en distintas leyes Nacionales y Provinciales, como así también en instrumentos internacionales: La Convención para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer: Convención Interamericana para Prevenir. Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; Convención sobre los Derechos del Niño; Constitución Nacional; Ley N° 26.061 de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Ley N° 26.206 de Educación: Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral; Ley N°26.364 y sus modificatorias; Ley N° 26.842 de Prevención y Sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas: Ley N° 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales; Ley N° 26.743 de Identidad de Género; Ley N° 26.892 para la Promoción de la Convivencia y el Abordaje de la Conflictividad Social en las Instituciones Educativas: Ley N° 27.455 de reforma el artículo 72 del Código Penal; Ley Provincial N° 7888 de Protección contra la Violencia de Género; Ley Provincial N° 7970 de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes;

Que el referido Protocolo será de aplicación en establecimientos educativos de gestión estatal y privada correspondiente a todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial y tiene por alcance situaciones de maltrato infantil, abuso sexual y violencia de género donde se encuentren implicados/as estudiantes (entre pares), o de parte de personal de las instituciones educativas hacia estudiantes, así como situaciones extraescolares que afecten a estudiantes de la institución;

Que se considera valorable y pertinente contar con un protocolo el que ante las situaciones mencionadas que sean objeto de presunción o detección en espacios educativos aporte unidad en el accionar;

Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Secretaria de Gestión Educativa, ambos del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología;

Por ello;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Protocolo de Intervención ante situaciones de Maltrato Infantil, Abuso sexual y Violencia de Género en espacios educativos, el que como Anexo forma parte de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Establecer que el ámbito de aplicación del Protocolo tendrá alcance en establecimientos educativos de gestión estatal y privada correspondiente a todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincia de Salta.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Berruezo



VER ANEXO



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