RESOLUCIÓN N° 54D/21
BENEFICIO JUBILATORIO. DR. RAMON ANTONIO MARTEARENA.

Publicado en el Boletín N° 20925, el día 11 de Febrero de 2021.



SALTA, 05 de Febrero de 2021

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 54 D

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Expte. Nº 277180/20-código 193

VISTO,
la renuncia presentada por el doctor Ramon Antonio Martearena, DNI Nº 11.834.850, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital “San Rafael” de El Carril - Ministerio de Salud Pública, a partir del 01 de septiembre de 2020, por acogerse al Beneficio Jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de Acuerdo Colectivo Nº 1294 de fecha 24 de julio del 2020, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra Sumario Administrativo alguno a su nombre; (fs. 01 y 05);

Que el agente incumplió con la presentación del examen psico-físico de egreso, por su expresa negativa, (fs. 02);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de septiembre de 2020, la renuncia del doctor RAMON ANTONIO MARTEARENA, DNI Nº 11.834.850, al Cargo: Profesional Asistente Ginecólogo, Agrupamiento: Profesional, Subgrupo: 1, Nº de Orden 02, del Decreto Nº 1.034/96, dependiente del Hospital “San Rafael” de El Carril - Ministerio de Salud Pública.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el doctor MARTEARENA, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Esteban





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