RESOLUCIÓN N° 552/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº. 1. OBRA: REFACCIÓN ESCUELA Nº 4.311 ROBUSTIANO MANERO - COLONIA SANTA ROSA -DPTO. ORÁN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21502, el día 04 de Julio de 2023.



SALTA, 27 de junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 552

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 175.874/21 - Cpde. 16 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIÓN ESCUELA Nº 4.311 “ROBUSTIANO MANERO” - COLONIA SANTA ROSA - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 569/22 a la empresa INGE 2 S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 29.828.681,78 (pesos veintinueve millones ochocientos veintiocho mil seiscientos ochenta y uno con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 (fs. 27/29);

Que a fs. 45, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 26, rola Nota de Pedido Nº 03 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 47/50, mediante Actuación Nº 46/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 51/52 el Dictamen Nº 117/23 y a fs. 53 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 31,90 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022;

Que a fs. 54, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 37.439.874,02 (pesos treinta y siete millones cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos setenta y cuatro con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 29.828.681,78 (pesos veintinueve millones ochocientos veintiocho mil seiscientos ochenta y uno con 78/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 7.611.192,24 (pesos siete millones seiscientos once mil ciento noventa y dos con 24/100);

Que a fs. 57, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 60/62, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 63/64, mediante Dictamen Nº 356/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Publicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 65, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 111/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la obra “REFACCIÓN ESCUELA Nº 4.311 “ROBUSTIANO MANERO” - COLONIA SANTA ROSA - DPTO. ORÁN - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 569/22, a la contratista INGE 2 S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 569/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 37.439.874,02 (pesos treinta y siete millones cuatrocientos treinta y nueve mil ochocientos setenta y cuatro con 02/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022 por la suma de $ 29.828.681,78 (pesos veintinueve millones ochocientos veintiocho mil seiscientos ochenta y uno con 78/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 por la suma de $ 7.611.192,24 (pesos siete millones seiscientos once mil ciento noventa y dos con 24/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista INGE 2 S.R.L., por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011056703 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 262 - Unidad Geográfica: 7 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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