SALTA, 1 de Diciembre de 2023
RESOLUCIÓN Nº 552
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
EXPEDIENTE Nº 0120140-11778/2023-0
VISTO que entre los objetivos de la Educación Secundaria se encuentra “permitir a los alumnos el ejercicio pleno de la ciudadanía, preparándolos para el trabajo y la continuación de estudios superiores”; y
CONSIDERANDO:
Que, con el propósito de brindar herramientas significativas y valiosas para la vida de los estudiantes se elaboró, como estrategia metodológica curricular, la implementación de Emprendedurismo, con la finalidad promover procesos de construcción de significados y de sentidos por parte de los estudiantes que les permitan comprender, contextualizar, valorar y protagonizar situaciones en sus procesos formativos y resignificar nuevas experiencias y acceder a un conocimiento cada vez más complejo;
Que los contenidos de la citada temática deberán desarrollarse de manera específica dentro de los espacios curriculares y/o módulos previstos en los diseños curriculares jurisdiccionales vigentes;
Que para la implementación de los lineamientos metodológicos curriculares de Emprendedurismo a nivel institucional, la Secretaría de Planeamiento Educativo y Desarrollo Profesional Docente conjuntamente con la Secretaría de Gestión Educativa y la Subsecretaría de Desarrollo Curricular e Innovación Pedagógica han tomado como referencia las experiencias en instituciones educativas en el nivel secundario y sus modalidades en las que se vienen implementando esta temática durante los períodos lectivos 2022 y 2023;
Que ha tomado debida intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Cartera Educativa expresando que corresponde dar continuidad al presente trámite;
Por ello;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar los “Lineamientos Metodológicos Curriculares específicos de Emprendedurismo para el Nivel Secundario y sus Modalidades” que, como Anexos I, II, III y IV forman parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar a la Secretaría de Planeamiento Educativo y Desarrollo Profesional Docente el desarrollo de acciones de capacitación y acompañamiento técnico que permitan la aplicación progresiva de Emprededurismo en el nivel secundario y sus modalidades.
ARTÍCULO 3o.- Encomendar a la Secretaría de Gestión Educativa, a través de las Direcciones Generales la implementación y la ejecución de lo establecido en la presente.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Cánepa