RESOLUCIÓN N° 556/23
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA N° 4.321 PACHECO DE MELO - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21503, el día 05 de Julio de 2023.



SALTA, 27 de junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 556

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 28.359/23 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.321 PACHECO DE MELO - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/03, rolan los antecedentes y el informe del relevamiento efectuado por las autoridades de la Escuela Nº 4.321 “Pacheco de Melo”, donde ponen en conocimiento la necesidad de ejecutar obras de refacciones debido al deterioro del edificio y el peligro que significa para la población escolar del mismo;

Que la presente contratación tiene por objeto la consolidación de los muros en baño de mujeres con submuración y la realización de revoque armado proyectado, el recambio total de cañerías de agua y cloacas en batería de baños con reemplazo de artefactos, griferías, revestimientos, pisos e instalación eléctrica, la ejecución de cañería de desagüe cloacal desde los baños aludidos hasta su conexión a red externa, la recomposición de solados de Hº fratazado en patio adyacente a baños y la provisión de baños químicos durante la obra para los alumnos, todo ello conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 05/06 y de las especificaciones técnicas de fs. 08/18;

Que en virtud de ello, a fs. 34/39, la Dirección de Obras Municipales de la S.O.P. confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 16.327.897,11 (pesos dieciséis millones trescientos veintisiete mil ochocientos noventa y siete con 11/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de El Carril;

Que a fs. 40, rola el informe Técnico Ambiental Interno Nº 144/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 44, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 49/55, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 35/23 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 56/57, rola Dictamen Nº 379/23 emitido por la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P., con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 58, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 75/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “REFACCIONES VARIAS EN ESCUELA Nº 4.321 PACHECO DE MELO - EL CARRIL - DPTO. CHICOANA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 16.327.897,11 (pesos dieciséis millones trescientos veintisiete mil ochocientos noventa y siete con 11/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.023, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de El Carril.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Publica con la Municipalidad de El Carril, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011127901 - Proyecto: 268 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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