RESOLUCIÓN N° 559/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: RAFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4029 DR. DELFIN LEGUIZAMON - DPTO. CAPITAL- SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21291, el día 11 de Agosto de 2022.



SALTA, 01 de Agosto de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 559

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 47 - 293.235/18 - 1 Cde. y agregados.

VISTO el proyecto de legajo técnico elaborado por la Dirección de Obras de Educacion para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4029 DR. DELFÍN LEGUIZAMÓN - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/15, rolan las solicitudes presentadas por la Directora de la Escuela Nº 4026 “Delfín Leguizamón” y los informes realizados por las áreas técnicas del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P, planteando la necesidad de acondicionar el establecimiento mencionado para potenciar la normal prestación del servicio de educación que se brinda en el mismo;

Que los trabajos a realizar para la presente contratación consisten en refacciones de impermeabilizaciones en algunos sectores con techos planos que presentan filtraciones y deterioros en los cielorrasos y el cambio de cañerías del grupo sanitario, en virtud que las existentes paredes de aulas que colindan con esos sanitarios son de plomo y han producido filtraciones en las mismas, conforme al detalle de la Mmemoria Descriptiva de fs. 29/30 y de la documentación técnica de fs. 56/61;

Que, en virtud de ello, a fs. 28/61 la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., confeccionó el proyecto de Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 2.575.001,05 (pesos dos millones quinientos setenta y cinco mil uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022 conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 55;

Que la contratación y la ejecución de la obra se efectuará por el procedimiento de Adjudicación Simple (artículo 14 de la Ley 8.072) con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a fs. 27, rola informe Tecnico Ambiental Nº 194/22 emitido por el Área Ambiental interna de la S.O.P.;

Que a fs. 66 vta. y 67, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realizando la imputación preventiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 72/75, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos han tomado la intervención que les compete en cumplimiento de la Resolución Nº 211/12, prorrogada por Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 76/78, mediante Dictamen Nº 279/22, la Asesoría legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma la intervención correspondiente sin observaciones que formular para la continuidad del trámite para el llamado a realizar el procedimiento de Adjudicación Simple respectivo;

Que a fs. 79, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 147/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decreto Nº 417/2.020 y Resoluciones Nº 36/2.020 y Nº 02/2.021 de la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, corresponde dictar el presente instrumento;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Legajo Técnico elaborado por la Direccion de Educación de la Secretaría de Obras Públicas, para la ejecución de la obra “REFACCIONES VARIAS - ESCUELA Nº 4029 DR. DELFIN LEGUIZAMON - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA", con un presupuesto oficial de $ 2.575.001,05 (pesos dos millones quinientos setenta y cinco mil uno con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.022, a ejecutarse con la modalidad de ajuste alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Disponer el llamado a Adjudicacion Simple para la ejecución de la obra mencionada en el artículo 1º de la presente resolución, autorizando a la Dirección Educación S.O.P., para realizar todos los actos del proceso selectivo hasta la preadjudicación.

ARTÍCULO 3º.- Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicación para actuar en la presente contratación con las facultades previstas en el artículo 55 y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, a las siguientes personas:

- Arq. Maria Graciela Vilariño - Directora de Obras de Educacion - Secretaría de Obras Públicas.

- Arq. Emidio Posse - Jefe de Programa Obras de Educacion - Secretaría de Obras Públicas.

- Arq. Manuel Herrando - Direccion de Obras de Educacion - Secretaria de Obras Publicas.

- Dr. Rodrigo Fernando Catacata - Asesor Legal del Ministerio de Infraestructura.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, se imputará al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial, en la página web de la Provincia y archivar.



De la Fuente





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