SALTA, 13 de febrero de 2020
RESOLUCIÓN Nº 55 D
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
VISTO el Decreto Nº 182/2020; y,
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se autorizan y prorrogan las afectaciones, comisiones de servicio y prestaciones de servicio en carácter de colaboración, de diversos agentes del Poder Ejecutivo Provincial a las Cámaras Legislativas;
Que resulta necesario modificar la fecha de vigencia de lo dispuesto en los artículos 1º y 3º del mencionado decreto, dictando el acto administrativo pertinente;
Que la corrección material del acto administrativo o rectificación, se da cuando contiene errores materiales que no constituyen extinción ni modificación sustancial del mismo, manteniendo, en consecuencia, sus efectos originarios, por lo que su aprobación mediante Resolución Delegada, se ajustará a lo normado por el artículo 76 de la Ley Nº 5.348;
Por ello,
EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificar parcialmente los artículos 1º y 3º del Decreto Nº 182/2020, dejándose establecido que el período de vigencia de las afectaciones, comisiones de servicio y prestaciones de servicio en carácter de colaboración de los agentes que se especifican en los Anexos I y III que forman parte del mismo, será a partir de la fecha de emisión del instrumento.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Posadas