RESOLUCIÓN N° 55D/20
RECTIFICA PARCIALMENTE ARTÍCULOS 1º Y 3º - DECRETO Nº 182/2020. PRÓRROGA DE AFECTACIONES, COMISIONES DE SERVICIO Y PRESTACIONES DE SERVICIO EN CARÁCTER DE COLABORACIÓN.

Publicado en el Boletín N° 20688, el día 18 de Febrero de 2020.



SALTA, 13 de febrero de 2020

RESOLUCIÓN Nº 55 D

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

VISTO
el Decreto Nº 182/2020; y,

CONSIDERANDO:

Que por el mismo se autorizan y prorrogan las afectaciones, comisiones de servicio y prestaciones de servicio en carácter de colaboración, de diversos agentes del Poder Ejecutivo Provincial a las Cámaras Legislativas;

Que resulta necesario modificar la fecha de vigencia de lo dispuesto en los artículos 1º y 3º del mencionado decreto, dictando el acto administrativo pertinente;

Que la corrección material del acto administrativo o rectificación, se da cuando contiene errores materiales que no constituyen extinción ni modificación sustancial del mismo, manteniendo, en consecuencia, sus efectos originarios, por lo que su aprobación mediante Resolución Delegada, se ajustará a lo normado por el artículo 76 de la Ley Nº 5.348;

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectificar parcialmente los artículos 1º y 3º del Decreto Nº 182/2020, dejándose establecido que el período de vigencia de las afectaciones, comisiones de servicio y prestaciones de servicio en carácter de colaboración de los agentes que se especifican en los Anexos I y III que forman parte del mismo, será a partir de la fecha de emisión del instrumento.

ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



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