RESOLUCIÓN N° 56/23
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE REDETERMINACIONES DE PRECIOS N° 7 A 9. OBRA: ECO MUSEO CAMPAMENTO VESPUCIO - GRAL. ENRIQUE MOSCONI - SALTA - PROYECTO LUGARES MÁGICOS.

Publicado en el Boletín N° 21459, el día 27 de Abril de 2023.



SALTA, 19 de Abril de 2023

RESOLUCIÓN Nº 56

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA

Expte. Nº 1130272-295029/2020-49 y agregado.

VISTO las presentes actuaciones en las cuales se tramita la aprobación de las redeterminaciones de precios Nº 7 a 9 de la obra: "ECO MUSEO CAMPAMENTO VESPUCIO - GRAL. ENRIQUE MOSCONI - SALTA, PROYECTO LUGARES MAGICOS", ejecutada en el marco del Programa de Desarrollo Turístico Sustentaba de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC-AR, y;

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 195/2022 de este Ministerio de Economía y Servicios Públicos de fecha 4/11/2022, se aprobó el procedimiento correspondiente a las redeterminaciones de precios Nº 4 a 6, solicitada por la contratista Juan Pedro Garín Construcciones, estableciéndose que el nuevo monto del contrato asciende a la suma  de $ 98.274.364,50 IVA incluido, a valores del mes de abril del año 2022;

Que a fs. 1/2 el inspector de la obra informó que la cantidad de obra sujeta a redeterminación fue revisada teniendo en cuenta el plan de trabajo vigente, resultando correcta;

Que a fs. 4/100 se adjunta solicitud de la contratista de la redeterminación de precios Nº 7 al mes de mayo, Nº 8 al mes de julio y Nº 9 al mes de agosto, todas del año 2022, adjuntando documentación correspondiente;

Que a fs. 129 el Subprograma Registro de Contratistas de la UCC, en su carácter de organismo competente, señala que respecto a la redeterminación Nº 7 ha habido una variación porcentual del 5,08 % al mes de mayo/22; respecto a la redeterminación Nº 8 del 8,93% al mes de julio/22 y respecto a la redeterminación Nº 9 del 7,43% al mes de agosto/22;

Que a fs. 137, 145 y 153 se encuentran agregadas las autorizaciones del señor Secretario de Finanzas en cumplimiento con lo dispuesto por el Decreto Nº 572/2006;

Que a fs. 168/169 obra informe del Programa Administrativo Contable y Finanzas de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera del cual surge que el total a reconocer por la redeterminación Nº 7 es $757.249,35; por la Nº 8 es $608.150,70 y por la Nº 9 es $ 186.517,46 concluyendo que el nuevo monto contractual actualizado de $111.141.124,06;

Que a fs. 170/171 obra la imputación definitiva del gasto;

Que a fs. 172/176 obra dictamen del Área Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera y la intervención de la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, organismo competente en función de lo resuelto en la Resolución Conjunta del Ministerio de Hacienda y Finanzas Nº 93 y del Ministerio de Infraestructura Tierra y Vivienda Nº 52 de fecha 15 de abril de 2016, sin observaciones;

Que el pliego de condiciones especiales de la licitación establece que el contrato será redeterminado de acuerdo al Decreto Nº 1170/2003 aplicando la metodología allí indicada;

Que el art. 2 inciso e) del Decreto Nº 1170/2003 modificado por el art. 1 del Decreto Nº 3721/2013, establece que los precios de los contratos podrán ser renegociados cuando los costos, cualquiera haya sido la fecha de celebración del contrato, hubiesen adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución, según corresponda, a solicitud de la contratista”;

Que en las presentes actuaciones se evidencia el cumplimiento de las exigencias de las previsiones del Decreto Nº 1170/2003, que justifican la viabilidad de las redeterminaciones de precios solicitadas;

Que la competencia del Ministerio de Economía y Servicios Públicos para el dictado del presente instrumento surge de lo dispuesto por el Decreto Nº 752/2020;

Por ello;

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento correspondiente a las redeterminaciones de precios Nº 7 a 9 de la obra: “ECO MUSEO CAMPAMENTO VESPUCIO - GRAL. ENRIQUE MOSCONI - SALTA, PROYECTO LUGARES MAGICOS", del Programa de Desarrollo Turístico Sustentable de la Provincia de Salta, Préstamo BID Nº 2835/OC- AR, ejecutada por Juan Pedro Garín Construcciones, en el marco del Decreto Nº 1170/2003.

ARTÍCULO 2º.- Establecer el nuevo valor total del contrato en la suma de pesos ciento once millones ciento cuarenta y un mil ciento veinticuatro con 06/100 centavos ($111.141.124,06), IVA incluido, al mes de agosto/2022.

ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la señora Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir con la firma contratista la Adenda correspondiente al contrato de obra.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a las siguientes partidas presupuestarias: cuarenta por ciento (40%) aporte BID: 041012000702.123121 y sesenta por ciento (60%) aporte local: 041012000701.123121. Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Dib Ashur





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