RESOLUCIÓN N° 56/23
APRUEBA EL ACUERDO DE PARTES SUSCRIPTO CON LA EMPRESA ECOTREN S.A.

Publicado en el Boletín N° 21460, el día 28 de Abril de 2023.



SALTA, 19 de Abril de 2023

RESOLUCION Nº 56

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 11-189.921/21- 0 y agregado

VISTO el Acuerdo de Partes suscripto con la firma ECOTREN S.A.; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 3.714/14 se dispone rescindir por culpa de la concesionaria ECOTREN S.A. el Contrato de Concesión para la Explotación del Servicio Ferroviario Interurbano de Pasajeros del ramal C14 "Tren a las Nubes", celebrado entre el Estado Provincial y la citada empresa, aprobado por Resolución del ex Ministerio de la Producción y el Empleo Nº 788/07;

Que a los fines de finalizar las cuestiones litigiosas entre las partes la empresa ECOTREN S.A. propone y ofrece a la Provincia la realización de un acuerdo;

Que, el referido Acuerdo de Partes tiene por objeto terminar con las cuestiones litigiosas en curso entre la empresa ECOTREN S.A. y el Estado Provincial ,derivadas de la relación contractual correspondiente al servicio ferroviario interurbano de pasajeros del Ramal C14 "Tren a las Nubes";

Que, en lo particular, la referida firma se compromete a desistir de toda acción judicial en trámite y de cualquier reclamo administrativo o judicial, reconociendo que no tiene cuestión alguna pendiente ni reclamos a realizar de ninguna índole derivados de la vigencia, transcurso o finalización de la concesión que le fuera adjudicada, ni por su rescisión ni por responsabilidad del Estado o de sus funcionarios o agentes;

Que, por su parte, la Provincia de Salta se compromete a efectuar la liquidación de los servicios de los títulos públicos Ley Nº 7.125 que fueran entregados oportunamente como garantía, actualizados a la fecha de pago efectivo, con intervención de la Contaduría General de la Provincia;

Que, por otro lado, ECOTREN S.A. reconoce y acepta que todas las mejoras sobre bienes de terceros que se hicieron durante la etapa de la concesión y que fueron financiadas oportunamente por la concesionaria y quedarán a favor de la Provincia sin que pueda reclamarse nada por dicho concepto en el futuro;

Que, por último, las partes asumen a su cargo los gastos, honorarios y cualquier otra erogación que hubieren efectuado a raíz de los reclamos y litigios entre ellos y en particular se deja expresamente acordado que no existe obligación alguna por parte de la Provincia derivada del acuerdo;

Que en el marco de las actuaciones, Fiscalía de Estado, órgano de control de la legalidad constitucional e infraconstitucional de la Administración en los términos de la Ley Nº 6831, quien mantiene un acabado conocimiento de las cuestiones judiciales en trámite, entiende que no existen observaciones que formular para la celebración del acuerdo y ha manifestado la anuencia pertinente;

Que ha tomado la intervención que le compete la Coordinación Legal y Técnica del Ministerio de Infraestructura, no encontrando objeción que formular para la emisión del acto administrativo que apruebe el Acuerdo de Partes;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el Acuerdo de Partes suscripto entre la PROVINCIA DE SALTA, representada por el Ministro de Infraestructura y la empresa ECOTREN S.A., que tiene por objeto terminar con las cuestiones litigiosas en curso existentes entre las mismas, derivadas de la relación contractual correspondiente al servicio ferroviario interurbano de pasajeros del Ramal C14 "Tren a las Nubes", el cual forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho



VER ANEXO



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