RESOLUCIÓN N° 563/23
APRUEBA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Y EJECUCIÓN DE TRABAJOS. ADICIONAL Nº 1. OBRA: OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO - SECTOR 1 - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21504, el día 06 de Julio de 2023.



SALTA, 03 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 563

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 11.317/22 - Cpde. 36 y agregados.

VISTO la documentación técnica correspondiente al Adicional Nº 1, surgido en la obra “OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO - SECTOR 1 - SALTA CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 339/22 (fs. 57) a la empresa CYL S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 66.742.684,95 (pesos sesenta y seis millones setecientos cuarenta y dos mil seiscientos ochenta y cuatro con 95/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 (fs. 37/38);

Que a fs. 01 y 41, la Inspección de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. eleva la documentación técnica del Adicional Nº 1 de la citada obra, con las razones que lo fundamentan, su Cómputo y Presupuesto y Plan de Trabajos de las tareas que conforman el mismo (fs. 06/16);

Que las tareas adicionales no se encontraban previstas en la obra básica y consisten en la ejecución de un tramo de cañería sobre la margen sur de la calle Ejercito del Norte, de acuerdo al croquis adjunto a fs. 03, a los fines de evitar la ejecución de los cruces de calzada para las conexiones domiciliarias que deben realizarse para las viviendas de dicho margen sur, destacando que el tramo consiste en la ejecución de cañería de PEAD 0 75 mm PN 6 en una longitud estimada de 105 m. instalada por vereda, y de 5 conexiones domiciliarias completas (tubo de PEAD 20 mm, gabinete, kit de medición, micromedidor) hasta LM de acuerdo a la normativa vigente de CoSAySa;

Que a fs. 17 y vta. y 41 vta., toman intervención favorable la Dirección de Infraestructura Social y Productiva y la Coordinación General de Obras de la S.O.P., manifestando que todos los ítems se corresponden con la obra básica contractual;

Que a fs. 42, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 45/52, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, toman la intervención que les compete en cumplimiento de lo dispuesto por Resolución Nº 212/12 del Ministerio de Economía y Servicio Públicos y por Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 53, rola informe Técnico Ambiental Nº 182/23, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 54/55, mediante Dictamen Nº 371/23 la Asesoría Legal de la S.O.P., toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación del adicional de obra Nº 1;

Que a fs. 56, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete, mediante informe Nº 17/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 94 y 95 de la Ley Nº 8.072, artículo 128 del Decreto Reglamentario Nº 1.319, articulo 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución S.O.P Nº 216/19,

EL SECRETARIO DE OBRA PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgido en la obra "OPTIMIZACIÓN INTEGRAL RECAMBIO DE AGUA POTABLE PARA EL BARRIO SAN BERNARDO - SECTOR 1 - SALTA CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, que ejecuta la empresa CYL S.R.L., que asciende a la suma de $ 2.219.655,21 (pesos dos millones doscientos diecinueve mil seiscientos cincuenta y cinco con 21/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.022 y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión del mencionado Adicional que rola a fs. 07/08 de estas actuaciones, los que como Anexo forman parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública - Adicional Nº 1 con la contratista CYL S.R.L., por el monto y condiciones indicadas en el artículo 1º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038002302 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 768 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.

De la Fuente



VER ANEXO



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