RESOLUCIÓN N° 564/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: ENCAUZAMIENTO SOBRE MARGEN DERECHO EN RÍO CALCHAQUÍ - PARAJE PAYOGASTILLA - DPTO. SAN CARLOS - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21292, el día 12 de Agosto de 2022.



SALTA, 08 de Agosto de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 564

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 34 - 52.972/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “ENCAUZAMIENTO SOBRE MARGEN DERECHO EN RÍO CALCHAQUÍ - PARAJE PAYOGASTILLA - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/08, el Secretario de Recursos Hídricos eleva anteproyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual posibilitará realizar tareas de emergencia para mitigar desbordes y a la vez, dificultar el avance del río Calchaquí en dirección de la localidad de Payogastilla y de la Ruta Nacional Nº 40;

Que la presente contratación tiene por objeto realizar un encauzamiento tipo batea de un largo total de 700 m., ancho 30 m. y profundidad de 1,20 m. , conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 12 y de la documentación técnica de fs.13 y 21/22 vta.;

Que, en virtud de ello, a fs. 11/22 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 4.984.451,68 (pesos cuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno con 68/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de computo y presupuesto de fs. 15;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de San Carlos;

Que a fs. 24 vta. y 25, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 30/33, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 34/35, rola Dictamen Nº 251/22 emitido por la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 36, rola el informe Técnico Ambiental Nº 309/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 37, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante informe Nº 120/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “ENCAUZAMIENTO SOBRE MARGEN DERECHO EN RÍO CALCHAQUÍ - PARAJE PAYOGASTILLA - DPTO. SAN CARLOS - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 4.984.451,68 (pesos cuatro millones novecientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y uno con 68/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de San Carlos.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de San Carlos, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092007156801 - Proyecto: 622 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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