RESOLUCIÓN N° 565/22
APRUEBA LEGAJO TÉCNICO DE OBRA: CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MÚLTIPLES - ESCUELA Nº 4511 - MANUEL DORREGO - TOBANTIERENDA - MUNICIPIO DE AGUARAY - DPTO. SAN MARTÍN - SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21292, el día 12 de Agosto de 2022.



SALTA, 08 de Agosto de 2.022

RESOLUCIÓN Nº 565

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 19.611/22 - 0 y agregados.

VISTO el Legajo Técnico elaborado por la Dirección de Obras Municipales, para la ejecución de la obra: “CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MÚLTIPLES - ESCUELA Nº4511 - MANUEL DORREGO - TOBANTIRENDA - MUNICIPIO DE AGUARAY - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 01/27, el Sr. Intendente de la Municipalidad de Aguaray, eleva el ante proyecto y solicita la financiación para la ejecución de la obra mencionada, la cual tiene por objeto dotar a la Escuela N° 4511 “Manual Dorrego” de la localidad de Tobantirenda de un espacio cubierto para el desarrollo de distintas actividades pedagógicas y recreativas, ya que la misma no cuenta con este elemento y será de gran utilidad para toda la comunidad educativa, conforme al detalle de la Memoria Descriptiva de fs. 03/04 y de la documentación técnica de fs. 15/27;

Que, en virtud de ello, a fs. 34/45 la Dirección de Obras Municipales de la Secretaría de Obras Públicas confeccionó el Legajo Técnico correspondiente con un Presupuesto Oficial de $ 12.015.545,62 (pesos doce millones quince mil quinientos cuarenta y cinco con 62/100) IVA incluido, conforme al detalle de la planilla de cómputo y presupuesto de fs. 35;

Que la contratación de la obra se efectuará por el procedimiento de Contratación Abreviada, con encuadre en el artículo 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos;

Que a tal fin, se requiere la formalización de un convenio de ejecución de obra pública entre la Secretaría de Obras Públicas y la Municipalidad de Aguaray;

Que a fs. 46, rola el informe Técnico Ambiental Nº 232/22, elaborado por el Área Ambiental de la S.O.P.;

Que a fs. 49 vta. y 50, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 55/58, rola la intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto y de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos en el marco de lo dispuesto por la Resolución Nº 211/12, prorrogada mediante Resolución Nº 102 D/22 de la citada cartera ministerial;

Que a fs. 59/60, rola Dictamen Nº 332/22 emitido por la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, con la intervención que le compete, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de contratación abreviada correspondiente;

Que a fs. 61, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe Nº 122/22;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 15 inciso a) de la Ley Nº 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el legajo técnico confeccionado por la Dirección de Obras Municipales, para la obra “CONSTRUCCIÓN DE TINGLADO DE USOS MÚLTIPLES - ESCUELA Nº4511 - MANUEL DORREGO - TOBANTIRENDA - MUNICIPIO DE AGUARAY - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 12.015.545,62 (pesos doce millones quince mil quinientos cuarenta y cinco con 62/100) IVA incluido, con la modalidad de Ajuste Alzado y con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. a) de la Ley Nº 8.072 y del artículo 17 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, adjudicar la obra mencionada en el artículo primero de la presente resolución a la Municipalidad de Aguaray.

ARTÍCULO 3º.- Suscribir el Convenio de Obra Pública con la Municipalidad de Aguaray, por el monto y las condiciones dispuestas por el artículo primero de la presente resolución;

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011005206 - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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