RESOLUCIÓN N° 568D/19
BENEFICIO JUBILATORIO. SR. MIGUEL ANGEL OLLETA.

Publicado en el Boletín N° 20553, el día 31 de Julio de 2019.



SALTA, 25 de Julio de 2019

RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 568 D

MINISTERIO DE GOBIERNO. DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

EXPEDIENTE Nº 0030041-134581/2019-0.

VISTO la renuncia presentada por el Sr. MIGUEL ANGEL OLLETA, D.N.I. N° 8.388.188, agente de Planta Permanente, dependiente de la Secretaria de Gobierno - Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, a partir del 01 de Junio de 2019, por acogerse al beneficio jubilatorio; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº01278 de fecha 26 Marzo de 2019, de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra sumario administrativo alguno, (fs. 03 y 07);

Que el agente incumplió con la presentación del Examen Psico-Físico de Egreso, por su expresa negativa, (fs. 01);

Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Dirección General de Personal de la Provincia, se expide la viabilidad de lo solicitado;

Que por Decreto Nº 1595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes N° 8053/17 y Nº 5348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;

Por ello,

EL MINISTRO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 01 de Junio de 2019, la renuncia del Sr. MIGUEL ANGEL OLLETA, D.N.I. N° 8.388.188, al Cargo: Técnico Intermedio - Agrupamiento: Técnico - Subgrupo: 2 - Función Jerárquica III - N° de Orden: 92 dependiente del Subprograma Control de Pagos y Retenciones, del Servicio Administrativo y Financiero (SAF) - Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, Decreto Nº 1622/17.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que el Sr. OLLETA no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.

ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



López Arias





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