SALTA, 14 de Agosto de 2020
RESOLUCIÓN Nº 574
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
Expediente Nº 0030145-295679/2019-0
VISTO la Resolución Nº 90/20 D; y,
CONSIDERANDO:
Que el citado instrumento aprueba el llamado a Concurso para cubrir un cargo de representante del Poder Ejecutivo en el Observatorio de Violencia contra las mujeres, de conformidad a lo establecido por Ley Nº 7.863;
Que en el punto 2 de las Bases del llamado a Concurso aprobado por dicha Resolución, se solicita como antecedentes del cargo a postular, “Formación: Poseer título de formación de grado universitario en carrera vinculada a la temática”;
Que en dichas bases se establece que la selección estará a cargo de un comité evaluador ad hoc, quien dictará su reglamento.
Que, el PEN dispuso, mediante el DNU Nº 520/2020, prorrogado por los DNU Nros 576/2020, 605/2020 y 641/2020, la medida de "Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio" para las provincias que cumplen con los parámetros epidemiológicos allí dispuestos, implementando un nuevo marco normativo para todas zonas en donde no existe circulación comunitaria de SARS-CoV-2;
Que por su parte, para todo el territorio salteño se dispusieron normas de protección de la comunidad frente al virus, por razones de orden público, seguridad y salud pública, por lo que resulta necesario adecuar las “instrucciones para la postulación” a tal fin que lo sean de manera virtual a los fines de evitar la concurrencia de personas.
Por ello, en el marco de las competencias previstas por la Ley Provincial Nº 8.171 y 7.863.
EL MINISTRO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- PRORROGAR la inscripción de postulantes para el concurso del Observatorio de violencia contra las mujeres convocado por Resolución Nº 90/20 D de este Ministerio, hasta el día 23 de agosto de 2020, cuya prórroga de convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la provincia de Salta por 3 días.
ARTÍCULO 2º.- INSTRUIR al comité evaluador a adoptar todas las medidas necesarias para establecer la postulación de manera virtual.
ARTÍCULO 3º.- DEJAR ESTABLECIDO que la solicitud de Poseer título de formación de grado universitario es NO EXCLUYENTE.
ARTÍCULO 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese al Comité Evaluador, y publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta y oportunamente archívese.
Villada