RESOLUCIÓN N° 577/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE - SALTA - CAPITAL.

Publicado en el Boletín N° 21515, el día 21 de Julio de 2023.



SALTA, 14 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 577

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 136 - 97.333/21 - Cpde. 15 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 471/21 (fs. 34) a la firma DIEGO FRANCO VIVEROS, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 1.233.158,29 (pesos un millón doscientos treinta y tres mil ciento cincuenta y ocho con 29/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021;

Que asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 923/22 (fs. 35), se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 351.088,34 (pesos trescientos cincuenta y un mil ochenta y ocho con 34/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.021 (fs. 13);

Que a fs. 18, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 08 rola Nota de Pedido Nº 03 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 19, mediante Actuación Nº 75/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 20/21 el Dictamen Nº 189/23 y a fs. 22 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 119,68 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022;

Que a fs. 23, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procedió a redeterminar el monto contractual del Adicional Nº 1 en la suma total de $ 771.284,69 (pesos setecientos setenta y un mil doscientos ochenta y cuatro con 69/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio del 2.021 por la suma de $ 351.088,34 (pesos trescientos cincuenta y un mil ochenta y ocho con 34/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2022 por la suma de $ 420.196,35 (pesos cuatrocientos veinte mil ciento noventa y seis con 35/100);

Que a fs. 25, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 28/30, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 31/32, mediante Dictamen Nº 245/23 la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 33, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 127/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la obra “REFACCIONES VARIAS EN BAÑOS Y OFICINAS EN MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 923/22, a la contratista DIEGO FRANCO VIVEROS.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública del Adicional Nº 1, aprobado mediante Resolución S.O.P. Nº 923/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 771.284,69 (pesos setecientos setenta y un mil doscientos ochenta y cuatro con 69/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Junio del 2.021 por la suma de $ 351.088,34 (pesos trescientos cincuenta y un mil ochenta y ocho con 34/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 420.196,35 (pesos cuatrocientos veinte mil ciento noventa y seis con 35/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista DIEGO FRANCO VIVEROS, por el monto dispuesto en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 808 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicaren el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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