RESOLUCIÓN N° 580/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1 Y 2 DE LA OBRA: RED DE SENDEROS 1: SENDERO DE LA RESERVA MUNICIPAL DE LAS YUNGAS - POLIGONO A - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21519, el día 27 de Julio de 2023.



SALTA, 19 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 580

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 25.331122 - Cpde. 14 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 y 2 de la obra “RED DE SENDEROS 1: SENDERO DE LA RESERVA MUNICIPAL DE LAS YUNGAS - POLIGONO A - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 765/22 (fs. 82/84) a la empresa TK CONSTRUCCIONES S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 21.987.446,99 (pesos veintiún millones novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y seis con 99/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2022 (fs. 41/43);

Que a fs. 58/59, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 40, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 61, mediante Actuación Nº 160/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 62/63 el Dictamen Nº 267/23 y a fs. 64 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 30,34% y 10,15 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de noviembre de 2.022 y enero de 2.023 respectivamente;

Que a fs. 65/66, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 30.372.560,80 (pesos treinta millones trescientos setenta y dos mil quinientos sesenta con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de julio de 2022 por la suma de $ 21.987.446,99 (pesos veintiún millones novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y seis con 99/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de noviembre de 2.022 por la suma de $ 6.669.949,34 (pesos seis millones seiscientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve con 34/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de enero de 2023 por la suma de $ 1.715.164,47 (pesos un millón setecientos quince mil ciento sesenta y cuatro con 47/100);

Que a fs. 67/68, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Turismo y Deportes, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 69/74, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicio Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 79/80, mediante Dictamen Nº 244/2023 la Dirección de Contrataciones de Obras Publicas del Ministerio de Infraestructura, toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 81, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 128/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterm¡nación de Precios Nº 1 y 2 de la obra “RED DE SENDEROS 1: SENDERO DE LA RESERVA MUNICIPAL DE LAS YUNGAS - POLIGONO A - SAN LORENZO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 765/22, a la contratista TK CONSTRUCCIONES S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 765/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 30.372.560,80 (pesos treinta millones trescientos setenta y dos mil quinientos sesenta con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de julio de 2022 por la suma de $ 21.987.446,99 (pesos veintiún millones novecientos ochenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y seis con 99/100), de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de noviembre de 2.022 por la suma de $ 6.669.949,34 (pesos seis millones seiscientos sesenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve con 34/100) y de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de enero de 2023 por la suma de $ 1.715.164,47 (pesos un millón setecientos quince mil ciento sesenta y cuatro con 47/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista TK CONSTRUCCIONES S.R.L., por los montos dispuestos en el artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 041012002201 - Cuenta Objeto: 123121 -Aux: 1000 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicaren el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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