RESOLUCIÓN N° 582/23
APRUEBA PROCESO DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS Nº 1. OBRA: CONSTRUCCIÓN DE 6 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DE LOS MUNICIPIOS DE SALTA Y CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA.

Publicado en el Boletín N° 21520, el día 28 de Julio de 2023.



SALTA, 19 de julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 582

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 125 - 84.609/22 - Cpde. 14 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE 6 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DE LOS MUNICIPIOS DE SALTA Y CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 1022/22 (fs. 142) a la empresa MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 62.358.223,52 (pesos sesenta y dos millones trescientos cincuenta y ocho mil doscientos veintitrés con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 (fs. 44/46);

Que a fs. 122, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 43, rola Nota de Pedido Nº 01 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 124, mediante Actuación Nº 164/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 125/126 el Dictamen Nº 290/23 y a fs. 127 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 12,11 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023;

Que a fs. 128, la Dirección de Obras de Educación de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 67.645.248,67 (pesos sesenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 62.358.223,52 (pesos sesenta y dos millones trescientos cincuenta y ocho mil doscientos veintitrés con 52/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022 por la suma de $ 5.287.025,15 (pesos cinco millones doscientos ochenta y siete mil veinticinco con 15/100);

Que a fs. 130, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 133/135, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 139/140, mediante Dictamen Nº 402/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 141, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 131/23;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13;

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 de la Obra: “CONSTRUCCIÓN DE 6 AULAS EN ESTABLECIMIENTOS VARIOS DE LOS MUNICIPIOS DE SALTA Y CERRILLOS - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 1.022/22, a la contratista MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, adjudicado mediante Resolución S.O.P. Nº 1.022/22, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 67.645.248,67 (pesos sesenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil doscientos cuarenta y ocho con 67/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 por la suma de $ 62.358.223,52 (pesos sesenta y dos millones trescientos cincuenta y ocho mil doscientos veintitrés con 52/100) y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Enero de 2.023 por la suma de $ 5.287.025,15 (pesos cinco millones doscientos ochenta y siete mil veinticinco con 15/100).  

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista MARCOS ZARATE EMPRESA DE SERVICIOS S.R.L., por el monto dispuesto en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 071011128401 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 273 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente





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